La decisión consideró que el Poder Ejecutivo no estaba habilitado a emitir esa norma excepcional y cambiar una legislación que lleva más de una década rigiendo en el país.
El juez Ramos Padilla dictó sentencia definitiva en el amparo iniciado por distintas organizaciones que solicitaban declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto N°137/2025 que nombró en comisión como jueces de la Corte Suprema a Manuel García Mansilla (que asumió el cargo durante 40 días) y de Ariel Lijo, a quien la Corte le rechazó su licencia para asumir.
El Máximo Tribunal estimó que no se acreditó de forma suficiente la continuidad en la posesión entre el anterior ocupante y Budeguer (empresa con ingenios azucareros), requisito fundamental para computar el plazo legal veinteañal que exigía el Código Civil para la prescripción adquisitiva.
Se lo condenó a la pena de un año y cinco meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de daño agravado por impedir el libre ejercicio policial.
Los camaristas Leal de Ibarra y Suárez consideraron que el tratamiento con cannabis aún continúa siendo “experimental”, por lo que consideraron que la nueva exigencia a los profesionales de la salud de contar con especializaciones o maestrías en el uso de cannabis medicinal es razonable.
Una cautelar del juez Mariano Iturralde suspendió el artículo 2° de la Resolución 372/2025 del Ministerio de Seguridad de la Nación y habilitó la permanencia de los estudiantes en los centros educativos "durante el tiempo que resulte necesario para el estudio y las actividades extracurriculares".
La Corte Suprema de Justicia entendió que ello generaría doble imposición, por no requerir un servicio municipal diferente al ya prestado.
La decisión en el caso "Acevedo" consideró inaplicable el Convenio 173 de OIT relativo a los privilegios de los créditos laborales, dado que si bien el instrumento había sido aprobado por el Poder Ejecutivo y por el Poder Legislativo, se exigía la ratificación internacional como tercer paso para su entrada en vigor.
La justicia provincial anuló la designación de un juez por apartarse del orden de mérito sin fundarlo debidamente. También, resaltó la importancia de promover la igualdad de género en el acceso a cargos públicos.
Se trata de un amparo colectivo con el fin de que se ordene al Ministerio de Salud a que lleve adelante los procedimientos tendientes a adquirir Misoprostol y Mifepristona.