La decisión judicial consideró que distinción temporal establecida por la Ley 27.346 es un criterio razonable y no viola la garantía de intangibilidad salarial ni el principio de igualdad.
Se trató de una acción que impugnó los decretos que promulgaron pero suspendieron las leyes de financiamiento educativo y emergencia pediátrica. La decisión judicial consideró que no había un caso concreto.
La Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil sostuvo que la publicación que expresó que "Las drogas hundieron su carrera en el básquet" difundió datos sensibles del actor en un tono estigmatizante y sin justificación suficiente, configurando una intromisión ilegítima en su intimidad.
El Máximo Tribunal confirmó el rechazo de la acción de daños promovida por un matrimonio que denunció haber sido vinculado, en el programa televisivo conducido por Mirtha Legrand, con la desaparición de una bebé en Mar del Plata. El Tribunal ratificó la aplicación del estándar de real malicia y ponderó el interés público del caso.
La Cámara Federal de Córdoba concedió la suspensión del juicio a prueba al gerente de una empresa de medicina prepaga imputado por abandonar a una paciente con linfoma, pero lo obligó a pagar más de $43 millones a la víctima y a implementar un programa de capacitación en perspectiva de género para todo el personal.
El juez destacó que las pensiones no contributivas integran la propiedad de sus titulares y sólo pueden ser suspendidas mediante un procedimiento regular que respete el debido proceso, la defensa en juicio y la obligación estatal de motivar de modo suficiente sus decisiones, más aún cuando se afecta la salud y la subsistencia de las personas con discapacidad.
El tribunal ratificó el deber de seguridad que pesa sobre los establecimientos recreativos, en cuanto deben verificar que las reposeras se encuentren aptas para ser usadas sin ocasionar daños.
La decisión fue adoptada en el marco de la causa penal por financiamiento de campaña de "Cambiemos Buenos Aires" en 2017. El tribunal rechazó un recurso presentado por los responsables contables de la alianza, que denunciaban prejuzgamiento y violación de la garantía de imparcialidad por el hecho de que el mismo tribunal que operó como revisor contable -Cámara Nacional Electoral- es quien luego debe intervenir para decidir en la causa penal electoral.
El juez consideró que el Correo Argentino mantuvo la continuidad y regularidad del servicio a través de una unidad postal comercial.
Una decisión que consideró acreditados los requisitos para su avance como causa de esa naturaleza. El planteo aludió a discriminación laboral en razón del sexo por no acreditar el suplemento en periodos de licencia.