Consideró que la exigencia de acreditar interés legítimo y fundar los pedidos tolera interpretaciones armónicas con la Constitución.
Lo había iniciado Lucía Corpacci, en su carácter de secretaria general, como también en representación de los trabajadores. El juez Cayssials consideró que no estaba legitimada para litigar el asunto.
El Máximo Tribunal rechazó el recurso presentado por los familiares de los tripulantes, en la causa donde se investigaba al ex presidente y a otros funcionarios de la ex Agencia Federal de Inteligencia (AFI) por realizar tareas de espionaje prohibidas durante su gobierno.
Se tratan de las causas por amenazas durante una asamblea de Papel Prensa y otra por peculado con el llamado cotillón “anti Clarín”. La decisión también confirma la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos, una de ellas de carácter perpetuo.
El máximo tribunal decidió rechazar el pago de una indemnización que una empresa solicitaba en base a obras clausuradas 26 años atrás por el gobierno porteño en el predio referido.
Para ello, volvió a enumerar las delimitaciones que se deben tener en cuenta al momento de analizar los peligros procesales, esto es, el peligro de fuga y el de entorpecimiento probatorio. La decisión en "Castillo" se dio en el marco de una causa de un juicio de lesa humanidad.
La defensa de una persona condenada a prisión perpetua había presentado una queja por denegación de recurso extraordinario contra una sentencia de la Suprema Corte bonaerense, contra la que solo correspondía la interposición de recurso extraordinario federal. El dictamen fiscal -al que adhirió la Corte- destacó que existió una inadecuada asistencia legal y fundamentos contradictorios en la actuación del tribunal provincial.
La mujer padece un deterioro irreversible que le produce una artritis reumatioidea poliarticular.
Así lo dispuso el juez federal Pablo Cayssials en el marco de una acción judicial promovida por la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN).
El tribunal consideró que las ordenanzas de que crearon la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (TISH) en Avellaneda no presentaban una laxitud manifiesta ni colisionaban con la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre tasas municipales. Además, señaló que la discusión sobre la proporcionalidad del tributo no podía darse en el acotado marco de una medida cautelar.