Revocó la sentencia de la cámara y ordenó al "Señor del Tabaco" a pagar el tributo.
El Juzgado Federal Nº 2 de San Martín dictó una cautelar que frena por seis meses la aplicación de artículos del DNU 493/2025 que permitían interrumpir el servicio de agua y desagües cloacales a viviendas particulares por falta de pago de una sola factura.
La decisión consideró acreditados los requisitos para su trámite general y ordenó inscribir la causa.
Entendió que la omisión impidió que se cumpliera con su cometido constitucional de intervenir en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.
Se trata de la causa donde se la acusa de incitación a la discriminación por publicaciones en la red social X donde comparaba el Estado de Israel con el régimen nazi. También se confirmó la traba del embargo por 10 millones de pesos.
Había objeciones por la aplicación de la ley que prohíbe las reelecciones dado que el postulante ocupó dos períodos, aunque uno como suplente, pero la decisión consideró que no existen impedimentos para oficializarlo.
Fue en el marco de un amparo interpuesto por la entidad sindical la Unión del Personal Superior de la AFIP. La Justicia sostuvo que el sindicato carecía de legitimación activa, por no representar a la totalidad del personal y por no demostrar un agravio concreto.
La inició un periodista marplatense pero la sentencia consideró que no tenía un caso y que se pretendía una declaración abstracta.
La decisión reconoció que cada pensión responde a finalidades y riesgos sociales distintos, y ordenó a la ANSES y a la ANDIS otorgar ambas prestaciones.
La decisión consideró que aún no se pronunció la Junta Electoral sobre la postulación a la luz de la norma local que limita las reelecciones.