El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia confirmó una sentencia de Cámara que había anulado actos administrativos sancionatorios contra una empleada pública. Para hacerlo,valoró la especial situación de vulnerabilidad en la que se hallaba la actora.
Revocó la sentencia de la Cámara que ordenaba reparar el daño por la imputación del delito de encubrimiento, detención y procesamiento en la causa de la Mutual Israelita.
Los jueces, en el mismo sentido que una decisión administrativa que así lo estableció, contemplaron que la referida información en la actualidad no cumple una función necesaria.
Así lo resolvió la Justicia Federal, que dispuso el pago de una indemnización para reparación de las víctimas, a quienes les habían usufructuado el cobro de su pensión por discapacidad.
En consecuencia, se debe mantener el plan originalmente contratado por la afiliada, con las limitaciones impuestas por el DNU 743/22, conforme al RIPTE.
Así lo decidió un tribunal bonaerense en el caso de una persona con capacidad restringida.
Se trata de la causa iniciada por una denuncia penal de Juan Grabois contra la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, por la falta de entrega de alimentos en comedores.
Siguiendo el precedente “Duarte”, el Máximo Tribunal ratificó que las condenas dictadas en Casación producto de su competencia positiva, deben revisarse horizontalmente. Además, reforzó que la nueva revisión casacional debe hacerse de manera amplia e integral, de acuerdo a la doctrina del fallo “Casal”.
Se trató de una cirugía mamaria que derivó en múltiples padecimientos físicos y estéticos de la paciente.
Mediante una medida cautelar se ordenó que no se aplique el nuevo cuadro tarifario para los usuarios residenciales de las localidades ubicadas en los Departamentos Deseado, Lago Buenos Aires, Magallanes y Río Chico