Se tuvo en cuenta la distancia del lugar de residencia del progenitor –Vancouver, Canadá- y las restricciones vigentes en el marco de la pandemia del COVID-19.
El titular de la Asociación Civil Centro de Desarrollo y Atención Social Amor en Acción presentó la acción por considerarla arbitraria y contraria a la Constitución Nacional.
Lo hizo al realizarse la reunión de balance sobre el funcionamiento y la aplicación en la provincia de Salta
Entre ellos se encuentra el concurso N°461 destinado a cubrir dos cargos en la Sala I de la Cámara Federal porteña. El plazo de inscripción se extiende hasta el 8 de febrero.
La acción había sido iniciada contra el Ministerio de Salud de la Nación para que se le aplique la vacuna en el lugar de residencia actual y no en el domicilio del padrón electoral. La Justicia Federal entendió que no era la vía adecuada.
Se da en el marco de un amparo colectivo que busca que el Gobierno de la Ciudad garantice testeos a docentes y no docentes previo y durante el ciclo lectivo 2021.
A través de una medida cautelar, dispuso la suspensión de los Decretos de Necesidad y Urgencia que impedían el corte por falta de pago de los servicios de telecomunicaciones y que las declaraban como un servicio público esencial en competencia.
En el 2002 Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de las normas que instauraron el corralito y ordenó la restitución del dinero depositado.
El presidente Alberto Fernández firmó el decreto que dispone su reintegro a la Sala II. El magistrado había concursado para ese cargo y contó con acuerdo del Senado, pero en el 2018 solicitó su traslado a otro tribunal.
La norma busca proteger a las personas que en razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, se encuentren en otras situaciones de considerable vulnerabilidad. A ellas se suman las personas jurídicas sin fines de lucro que orienten sus objetos sociales a dichos grupos.
