En consonancia con el DNU 576/2020 del Poder Ejecutivo, el Máximo Tribunal determinó la medida en la que se mantiene su funcionamiento con todos sus miembros y secretarios de Corte.
En un mensaje grabado desde la Quinta presidencial de Olivos, el Presidente, junto con Horacio Rodriguez Larreta y Axel Kicillof, comunicaron las medidas a seguir con respecto a la epidemia de COVID-19. Cuarentena estricta, transporte solo para actividades esenciales y freno del empleo público para la zona del AMBA son algunas de las medidas a aplicar desde el 1ro al 17 de julio.
La medida adoptada, contempla la situación de quienes se encuentran cargo del cuidado de niños y niñas, personas con discapacidad y/o adultos o adultas mayores dependientes. También incorpora el "derecho a la desconexión digital"
Así lo estableció la justicia porteña ante un pedido de un abogado respecto a acciones tomadas por el Gobierno de la Ciudad en el marco de la pandemia.
La Suprema Corte dispuso la habilitación plena de los Juzgado de Paz de Benito Juárez, Coronel Suarez, Torquinst, Castelli, General Alvarado, Daireaux y Salliqueló, a partir del 26 de junio del corriente. Asimismo, determinó el restablecimiento de la administración de justicia en los órganos judiciales de Pergamino y Trenque Lauquen.
El proyecto de Ley modifica la situación de los repartidores y deliveries en general. Los alcances y las críticas a la propuesta impulsada desde el bloque oficialista en la Ciudad.
Actualmente solo pueden iniciarse las causas urgentes. Aplicará para los fueros civil y comercial, de familia, laboral y contencioso administrativo. Conocé las pautas que estableció la Suprema Corte a través de la Resolución N°593/20.
Es por la situación sanitaria y con el objetivo de garantizar la prestación del servicio de justicia. Además, levantaron la feria extraordinaria en 6 jurisdicciones.
Mientras tanto, los interventores designados por el Gobierno Nacional cumplirán funciones como "veedores controladore".
La jueza federal Rita Ailán aceptó la acción como proceso colectivo, conforme la identificación de la composición del colectivo, el objeto de la pretensión y el sujeto demandado, y solicitó su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.