Se comprobó que el imputado había amenazado de muerte a su progenitora con el objeto de que le diera dinero, manifestó que mataría a sus nietos y que dañaría la vivienda que incluso compartían entre ellos.
La jueza federal María Alejandra Biotti resaltó que la cautelar pedida coincidía con el fondo del planteo y que en el marco de una acción de amparo, éstas deben ser concedidas de forma restrictiva.
Se cumplen 4 años de la decisión en que la Corte Suprema habilitó a los condenados por delitos de lesa humanidad a beneficiarse con el instituto previsto en el artículo 7° de la ley 24.390. Dicha postura fue posteriormente revertida en el fallo "Batalla".
Padres y madres de estudiantes reclamaban la inconstitucionalidad de las medidas que implementan centros de estudiantes y suplantan el uso de armas de fuego por simuladores. El juez las consideró razonables.
Seguirán vigentes las restricciones a la circulación por la situación sanitaria y se enviará un proyecto de ley para que el Congreso lo faculte a tomar medidas de excepción.
Consideró que no existía "un caso o controversia", ya que quienes iniciaron la acción no son afectados ni poseen legitimación para reclamar la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27.610. También rechazó la posible tramitación de la causa como proceso colectivo.
El tribunal instó al Poder Ejecutivo y al Congreso de la Nación para que las restricciones a la circulación sean tomadas en el ámbito legislativo.
El contrato vencía esta semana y lo extendió por 90 días.
El Procurador interino Casal refirió que el Decreto no demostró que existieran circunstancias de necesidad y urgencia que habilitaran a evadir el trámite legislativo. Ahora la causa iniciada por la Ciudad pasará a estar en manos de la Corte Suprema para resolver.
La Cámara Federal de La Plata consideró que el juzgado de primera instancia no cumplió con la notificación y citación a todas las partes involucradas en el planteo, conforme lo requiere la jurisprudencia y las acordadas de la Corte Suprema.