La norma además de declarar la promoción del derecho a la salud menstrual de interés provincial, dispone que el estado garantizará el suministro a quienes estén en situación de vulnerabilidad.
Será hasta el 3 de mayo. Las medidas cautelares en cuestión tienen como objeto la protección general de las personas.
Así lo resolvió el Ministro de Trabajo de la Nación, quien además dispuso que la inasistencia no afectará los sueldos, salarios o premios.
La medida se interpuso en el marco de una acción de amparo que busca que se declare la inconstitucionalidad de esa ley, por establecer el calendario de vacunación obligatoria.
La ceremonia se realizó a mediodía en los Tribunales de 8 y 50 bajo estricto protocolo sanitario.
La Justicia ordenó al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud respetar la decisión de la mujer de poner fin a su vida por sufrir una enfermedad incurable y degenerativa.
La decisión se basa en la necesidad de dar cumplimiento al fallo "López" de la Corte Interamericana, donde se condenó al Estado argentino por la realización de traslados sin control judicial previo y en violación a otros derechos convencionales.
Fueron aprobados los protocolos presentados por cada una de las jurisdicciones
La decisión obliga al Poder Ejecutivo a establecer un registro web de todos los árboles de la Ciudad e impide continuar con la poda y tala de árboles hasta que sea implementado efectivamente.
También, le requirió al gobierno provincial que informe en el plazo de tres días acerca de los protocolos para la aplicación de la regulación sanitaria.