Había sido publicado dos días atrás. La decisión se fundamenta en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°19.549. Entre los argumentos se señala que no se le había dado participación a todos los organismos competentes para su creación y puesta en marcha.
En diálogo con Palabras del Derecho, el juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos cuestionó el rol del Secretario General de la Organización de los Estados Americanos y analizó la situación que atraviesa la región.
Así lo dispuso la Secretaría de Salud de la Nación a través de una resolución. La actualización contempla las recomendaciones internacionales para estos procedimientos.
El 16 de noviembre de 2009 el órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) examinó la situación estructural de violencia contra las mujeres basada en su género y sentó un importante precedente. Fue en el marco de tres feminicidios ocurridos en Ciudad Juárez, México.
La Comisión Bicameral a cargo de la implementación del nuevo Código de Procedimiento Penal aprobó un dictamen que restringe la discrecionalidad de jueces y juezas en la aplicación de dichas medidas mediante la puesta en vigencia, en todo el país, de los artículos relacionados de la nueva normativa.
Se da ante la ruptura del orden democrático ocurrido el pasado domingo y están orientadas a que la CIDH tome medidas para evitar daños a la vida de las personas y garanticen el proceso eleccionario en el país vecino.
Así lo resolvió el Tribunal de Casación Penal, al entender que la Jueza de Garantías N°5 de La Plata se había apartado del principio acusatorio y de su rol de juzgadora imparcial.
Es en el marco de un pedido de información por parte de la Auditoría General de la Nación (AGN), que requería se informen las denuncias realizadas y recibidas así como los trámites que dio a las mismas entre los años 2016 y 2018.
La decisión tomada por el máximo tribunal brasileño podría modificar la situación procesal del ex presidente Lula da Silva, quien se encontraría en condiciones de quedar en libertad.
Así lo resolvieron los conjueces del máximo tribunal, que concluyeron que las variaciones de precios no afectaban la intangibilidad en sus remuneraciones ni una merma en la independencia del Poder Judicial.
