El Decreto 748/2026 modificó la reglamentación del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones para considerar como “construcción” no sólo la infraestructura ferroviaria nueva, sino también su renovación, sustitución, transformación y desarrollo.
Este lunes el Gobierno Nacional amplió el alcance de los beneficios del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). La medida fue oficializada mediante el decreto 748/2026 publicado en el Boletín Oficial.
La norma modifica el decreto 749/2024, el cual funciona de regulador del RIGI, e incluye a partir de hoy a la infraestructura ferroviaria, específicamente a aquellas obras destinadas a reparaciones y renovaciones.
Estas inversiones en infraestructura preexistente pueden considerarse una “ampliación de un proyecto preexistente no adherido al RIGI”. Y cuentan la construcción de nuevas trazas ferroviarias, la duplicación de vías en trazas existentes, la renovación de vías de una traza existente, la rehabilitación de ramales no operativos mediante la incorporación de nueva infraestructura de vías, la renovación integral de puentes, etc.
Dos de sus principales requisitos para que la obra esté comprendida en el RIGI es que incorpore contenidos tecnológicos o funcionales que impliquen una innovación y exhiba diferencias en al menos un 50% de sus componentes, medidos en términos de valor económico.
Por otra parte el monto de la inversión mínima computable del proyecto que involucra la ampliación sea igual o superior a los USD 250.000.000.
El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de gabinete Diego Santilli y el ministro de economía Luis Caputo.
¿Te resultó útil lo que acabás de leer? Podés apoyarnos para que continuemos en esta tarea. Contribuí con tu suscripción para que nuestro contenido siga siendo abierto y podamos brindarte un servicio cada día mejor. Suscribirse.