Así lo resolvió el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación por unanimidad. Conocé los argumentos de la decisión.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación decidió, por unanimidad, destituir al juez federal de Rosario Gastón Salmain. Fue por haber omitido, al cargar sus antecedentes en el Consejo de la Magistratura para concursar para ese cargo, que antes había sido cesanteado del Poder Judicial de la Nación.
La acusación contra Salmain se sostenía en ese cargo y, además, se lo acusaba de haber cobrado coimas a cambio de fallos, lo que motivó a que se iniciara una investigación judicial en la que está procesado y en la que se dictó una orden de arresto domiciliario, que hasta la fecha no se había hecho efectiva por sus fueros como magistrado. Sin embargo, esta última causal fue desestimada por el tribunal.
El Jurado de Enjuiciamiento estuvo integrado por los jueces Marcelo Bartumeu Romero (Tribunal Oral Criminal 25 de CABA), Néstor Barral (Cámara Federal de San Martín), la abogada Ana Fernández, los diputados Nicolás Mayoraz (La Libertad Avanza) y Christian Zulli (Unión por la Patria), y las senadoras María Monte de Oca (La Libertad Avanza) y María Florencia López (Unión por la Patria).
Con respecto a la causal que motivó su destitución, el tribunal argumentó: "Si el Consejo de la Magistratura y el Senado de la Nación hubieran tenido conocimiento de que el doctor Salmain había sido cesanteado del Poder Judicial de la Nación, seguramente no habría podido concursar y por ende nunca el primero lo habría temado y el segundo menos aún habría aprobado su pliego, pues esa Honorable Cámara representa los intereses federales de la República y de ningún modo podría consentir que alguien con semejante sanción acceda a la magistratura. Sólo el desconocimiento jugó a favor del doctor Salmain para que le fuese otorgado el acuerdo".
Asimismo, consideró: “La omisión fue consciente. El magistrado conocía la sanción, conocía su registro y conocía el Reglamento de Concursos, y decidió, con un criterio propio, qué declarar y qué callar. Esa conducta, sostenida durante ocho años, a través del procedimiento por el que accedió a la magistratura y después de él, sustrajo al órgano constitucional de selección una causal de inadmisibilidad y un dato esencial para la evaluación de su idoneidad, y quebrantó el deber de veracidad sobre el que descansa el sistema de concursos”.
“La veracidad de lo que un juez declara bajo juramento sobre su propia trayectoria es condición de la confianza pública en la que descansa su permanencia en el cargo. Quien la quebranta al postularse y la mantiene quebrantada ya investido de la magistratura no conserva las condiciones que la Constitución exige para ejercerla”, concluyó.
Accedé al fallo del Jurado de Enjuiciamiento - Gastón Salmain
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