• miércoles 29 de abril del 2026
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El Gobierno envió al Senado el proyecto de ley de reforma laboral

La iniciativa dispone la "vigencia transitoria de la Justicia Nacional del Trabajo" hasta que se instrumente el traspaso de competencias a la CABA, entre otros cambios sustanciales al régimen del trabajo. Accedé al texto del proyecto.

El presidente Javier Milei envió al Senado de la Nación el proyecto de “Ley de Modernización Laboral”. Introduce modificaciones en los procedimientos judiciales, como así también en lo que respecta a vacaciones, banco de horas, indemnizaciones, despidos y regímenes especiales. 

La iniciativa fue debatida en el Consejo de Mayo,  el órgano multisectorial elabora propuestas legislativas y administrativas. El proyecto será tratado en sesiones extraordinarias en el Congreso. 

En su articulado prevé la creación de un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) destinado exclusivamente a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones y pagos previstos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744. También para “las indemnizaciones reparadoras de preaviso, integración, y despido, previstas en los estatutos profesionales, por parte de los empleadores del Sector Privado, incluso las previstas en la Ley No 26.727”. 

Asimismo, establece que los referidos fondos sólo podrán prestar cobertura respecto de trabajadores registrados con una antelación no menor a 12 meses de la fecha de la extinción de la relación laboral. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia prestarán cobertura respecto de trabajadores no registrados. No obstante, aclara que “presente Régimen no modifica, sustituye, ni altera el régimen indemnizatorio vigente”. 

En cuanto a las indemnizaciones, ya no se incluirían conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. 

Por otra parte, dispone la vigencia transitoria de la Justicia Nacional del Trabajo. Sostiene que “mantendrá su vigencia hasta tanto se instrumente el acuerdo de traspaso de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo entre la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Una vez formalizado dicho acuerdo se dispondrán los actos necesarios para su progresiva disolución conforme las previsiones y plazos que surjan de dichos instrumentos.


Accedé al texto del proyecto






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