El jugador sufrió fractura de tobillo, tibia y peroné por el mal estado de la alfombra sintética. El juez señaló que el contrato para el uso de un espacio deportivo es una relación típica de consumo y ordenó a la propietaria del establecimiento abonar la suma de 31 millones de pesos, destacando el incumplimiento del deber de seguridad por el estado de la cancha y falta de asistencia de urgencia.
El titular del Juzgado Civil y Comercial N° 2 de La Plata, condenó a la propietaria de un complejo deportivo a indemnizar con más de 31 millones de pesos a un hombre que sufrió una fractura mientras jugaba al fútbol 5, debido a que la alfombra sintética rota representaba un riesgo para los usuarios y la empresa incumplió con el deber de seguridad.
El conflicto judicial se originó a partir del accidente sufrido en el año 2022 en un complejo comercial de fútbol 5 de la ciudad de La Plata. El damnificado demandó a la titular de la explotación comercial, reclamando una reparación por las lesiones padecidas tras engancharse la puntera de su botín derecho en un reborde originado por la falta de un pedazo de alfombra sintética.
El jugador sufrió fractura de tobillo, tibia y peroné que requirió una intervención quirúrgica, manteniéndolo inmovilizado y bajo rehabilitación durante meses, lo que impidió temporalmente el desarrollo de sus tareas habituales.
En la sentencia, el juez Vicente Santos Atela, ratificó que el contrato para el uso de un espacio deportivo es una relación típica de consumo que lleva implícita una obligación de seguridad de resultado. En se sentido, argumentó que los explotadores comerciales están obligados a adoptar todas las medidas de infraestructura necesarias para que las canchas se mantengan en un estado adecuado que no constituya un peligro para los participantes y, además, destacó como un severo incumplimiento contractual la falta de asistencia de urgencia y servicio de ambulancia en el predio al momento del accidente.
La resolución impone la obligación de abonar al damnificado la suma total de $31.100.000, 24 millones en concepto de incapacidad física y estética, 7 millones por daño moral y cien mil pesos en carácter de gastos médicos, farmacéuticos y de traslado razonablemente presumidos. El tribunal rechazó el rubro por pérdida de chance al no haberse acreditado ingresos específicos frustrados.
Datos de la causa
Caratula: "DIZ OSCAR ALBERTO C/ ROJO NATASHA MICAELA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO) 2020"
Juzgado: Juzgado Civil y Comercial N° 2 de La Plata
Fecha: 30/6/2026
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