• jueves 06 de noviembre del 2025
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Diálogo y Progreso

Por Raúl Gustavo Ferreyra (*)[1]
Invitado especial en Palabras del Derecho

 

Se inicia el Fórum de Buenos Aires, un espacio dedicado a la reflexión sobre el presente y al diseño del futuro compartido entre nuestros países sudamericanos. Para la conversación humanista que se celebra, deseo proponer una tesis inaugural: el diálogo es, fundamentalmente, la fuente misma de toda razón humana. El pensamiento individual del ser humano, siempre como conjetura, por maravilloso que sea, se cristaliza y se valida sólo en el encuentro, el contraste y la síntesis que se produce en la conversación con el otro y, acaso, en su refutación. La alteridad, la réplica y el disenso respetuoso son el único camino para que nuestra razón se complete y florezca en una senda hacia una verdad relativa, y así evitar que se caiga en el monólogo infértil y autocrático.

El Derecho que promete y protege a nuestras democracias constitucionales autoriza esta mesa abierta del Fórum, donde todas las voces encontrarán un cauce constante. Gracias a esa negociación perpetua de ideas es que los seres humanos y, por extensión, los países, podrán establecer un determinado progreso orientado al bienestar general de todos, tanto para los afortunados como para los desafortunados, siempre basado en instituciones políticas.

La idea de progreso ha evolucionado a lo largo de la historia. Una de sus acepciones más profundas, es decir, la de que la “perfectibilidad del hombre es indefinida”, fue introducida magistralmente por la pluma de Condorcet en 1793[2]. A grandes rasgos, esta noción filosófica, que vincula la razón con el progreso, trascendió rápidamente las fronteras y, con matices, se convirtió en la savia de las nuevas repúblicas que emergían en el continente americano.

El “progreso” dejó de ser una quimera para convertirse en un mandato constitucional. Hay ejemplos contundentes. La Constitución federal de la Argentina de 1853 (CFA)[3], inspirada en la comprensión de Juan Bautista Alberdi, escrita el año anterior, recogió la idea de “progreso”. Esa idea, ampliada en la reforma constitucional de 1994, sienta una regla entre las reglas del Estado, en virtud de que el desarrollo humano y el “progreso económico debe ser con justicia social”, porque así se ordena en el artículo 75, inciso 19, de la Escritura fundamental.

En Brasil, la aspiración al progreso se encuentra en su bandera, que ilustra el lema “Ordem e Progresso”. Por cierto, la Constitución de la República Federativa de Brasil de 1988 (CRFB)[4] instituye a esa bandera como uno de los símbolos iniciales e inalterables de la República. Es decir, la Constitución ciudadana garantiza que la aspiración al progreso, enmarcado en el orden, sea un principio identitario de la comunidad.

Pero hay más. En una regulación constitucional brillante por su concisión y compendio, se establece que la República Federativa del Brasil se “rige” “por principios entre los que se encuentran: la ‘autodeterminación de los pueblos’, ‘la igualdad entre los Estados’, ‘la defensa de la paz’, la ‘cooperación entre los pueblos para el progreso de la humanidad’ y la búsqueda de la ‘integración económica, política, social y cultural de los pueblos de América Latina, con el objetivo de formar una comunidad latinoamericana de naciones”[5].

Aquí, en el I Fórum de Buenos Aires, este ideal de progreso adopta una forma concreta. Este evento será una sumatoria de ponencias individuales, y también un ágil y vibrante laboratorio de diálogo en América del Sud y para el mundo. La rica programación de estos tres días abordará, en sus paneles principales, la democracia y el poder legislativo, la concreción de los derechos fundamentales, el control de la administración pública, la regulación de los servicios e infraestructura, la integración Mercosur-Unión Europea, los desafíos de la democracia en América Latina y en el mundo, el Derecho penal en tiempos de recesión democrática, la reforma tributaria en Brasil y sus reflejos en el bloque sudamericano, el cambio climático, la jurisdicción constitucional, la regulación y el fomento de la IA.

Este ámbito encarna la voluntad firme de brasileños y argentinos para avanzar mediante la cooperación constante y solidaria hacia una integración plena, plural y eficiente. La agenda que se ha construido para el Fórum es un reconocimiento explícito de que el progreso no puede ser conquistado por un solo país. La cooperación aquí es la aplicación práctica del progreso. Lo digo sin temor a equivocarme: el Estado constitucional y democrático de Derecho ha de ser cooperativo o no será.

Las Constituciones escritas son una de las formas más avanzadas del diálogo entre sus ciudadanos, y también entre ciudadanos de diversas generaciones y de diversos países. Ella, como forma inicial del orden jurídico del Estado, ha de ser el diálogo de los constituyentes que la forjan y de los ciudadanos que la han de vivir. La Constitución, la más alta y fundamental expresión del Derecho escrito, sólo se puede concebir entre seres humanos que se reconocen igualmente libres y que, con semejante libertad, pueden pactar tanta igualdad como sea posible, oportuna y alcanzable. Sin embargo, tanta libertad y tanta igualdad son necesarias para consagrar la solidaridad, porque sin esta última no existirá una sociedad abierta. En tiempos perturbados por la amenaza autocrática, la defensa de la Constitución democrática y sus instituciones es la propia tutela del diálogo y del progreso. Sin sus formas, ya se sabe: sobreviene la anarquía y el descenso al infierno.  En resumen. La lucha por la plena vigencia de un Estado democrático es una disputa por la vigencia de la lengua de la razón del Derecho de la Constitución, el único código posible para imaginar y desarrollar una coexistencia humana con justicia social.

El camino hacia el progreso y la razón completa es, por naturaleza, un sendero de diálogo incesante. Este Fórum de Buenos Aires no es un punto de llegada sino un punto de partida que fija una reafirmación solemne de ese compromiso fundacional, inscrito tanto en la Escritura Fundamental argentina como en el lema de “Ordem e Progresso” brasileño. Al defender nuestras Constituciones y forjar la integración jurídica y la solidaridad continental, elegimos la conversación fluida y abierta, y rechazamos las posturas autocráticas contra el Estado de Derecho, que propician su destrucción total o parcial.

Finalmente. Este encuentro es una prueba viva de ese compromiso. La reunión de cientos de personas en nuestra Ciudad de Buenos Aires no sería posible sin la fuerza creativa y el impulso desarrollador del jurista y magistrado Gilmar Ferreira Mendes, un artífice fundamental del  diálogo constitucional en nuestra región.

Que este encuentro nos impulse a transformar nuestras ponencias individuales en un mandato comunitario de cooperación constante, para así postular al mundo que, en Sudamérica, el futuro se construye y se protege siempre con el otro y con el respeto inmarcesible e inherente a su dignidad humana. El progreso, en su sentido más profundo, es una promesa de libertad, igualdad y solidaridad que aquí, hoy, renovamos para las generaciones presentes y venideras.

 



(*) Abogado. Catedrático de Derecho constitucional, Facultad de Derecho (FD), Universidad de Buenos Aires (UBA). Doctor en Derecho (UBA). Postdoctor en Derecho FD de la UBA (ORCID 0000-0001-5089-8136).

[1] Texto para la “Mesa de apertura” del I Fórum de Buenos Aires, 5, 6 y 7 de noviembre de 2025: “Bloques Económicos, desarrollo y seguridad jurídica”, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires. Realización:  Instituto Brasileiro de Ensino, Desenvolvimento e Pesquisa, la FD de la UBA,  Fundação Getúlio Vargas, Ordem dos Advogados do Brasil  (OAB) Conselho Federal y FIBE.

[2] Condorcet, Bosquejo de un cuadro histórico de los progresos del espíritu humano, Madrid, CEPC, 2004, p. 181.

[3] En el proyecto de Alberdi se le destinó todo el Cap. IV de su Parte Primera a las “garantías públicas de “orden y progreso”; más adelante, en el art. 67, inc. 3, al tratar las atribuciones del Congreso, insertó una regla específica sobre el “progreso”. Con levísimas variantes se convirtió en el art. 64, inc. 14, de la CFA en 1853, que se renumeró en 1860: art. 67, inc. 16, y hoy se contiene vigente en el art. 75, inc. 18. Ideas semejantes sobre el progreso se pueden rastrear en las Constituciones de México de 1824 y 1857.

[4] CRFB, ver su art. 13.

[5] CRFB, ver su art. 4.

 

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