Este martes el Poder Ejecutivo reestructuró la Ley N°26.221 respecto a la empresa estatal Aguas y Saneamientos Argentinos S.A.; habilitaron el corte del servicio público por falta de pago e introdujeron cambios en la tarifa social.
El Gobierno Nacional dictó el DNU 493/2025 el cual habilita la privatización de Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA); la medida firmada por el Presidente Javier Milei y todo su gabinete fue publicada este martes en el Boletín Oficial. Desde ahora se habilita el corte del servicio por falta de pago a usuarios residenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Ya en la Ley Bases N°27.742 se había incluído a la empresa estatal encargada de suministrar agua potable a la lista de empresas “sujetas a privatización”. En la medida oficializada este martes, el Gobierno modificó decenas de artículos del Marco Regulatorio de la Ley N°26.221 para adecuar a AySA a la privatización.
El párrafo del marco regulatorio modificado para habilitar la venta de la empresa quedó de la siguiente manera: “El Estado Nacional podrá enajenar total o parcialmente su participación accionaria, conforme a las modalidades y procedimientos establecidos en las Leyes Nros. 23.696 y sus modificatorias y 27.742”.
Valiéndose del DNU 70/23, el Gobierno consideró “indispensable avanzar en la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura”, en torno a la privatización de la empresa.
La jurisdicción afectada por la medida corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires junto a los siguientes partidos de la Provincia de Buenos Aires: Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, Escobar, Florencio Varela, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Malvinas, Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López, respecto de los servicios de Agua Potable y Desagües Cloacales. Para los servicios de recepción de efluentes cloacales en bloque, se incluye también dentro del ámbito de aplicación al partido de Berazategui.
Tal como se especifica en el nuevo Marco Regulatorio, la Concesionaria está facultada para realizar el corte del servicio público por atrasos en las facturas, además de los recargos por mora e intereses establecidos. “El corte del Servicio Público procederá por falta de pago de una factura con una mora de como mínimo, sesenta (60) y quince (15) días para los Usuarios residenciales y no residenciales, respectivamente, contados a partir de su segundo vencimiento”, se aclara.
Otro de los puntos relevantes es el que respecta a la tarifa social, la cual estará vigente en los usuarios durante 1 año: “La tarifa social subsistirá en cabeza de los Usuarios beneficiados con ella durante doce (12) meses continuos”. La asignación y renovación del beneficio “estará sujeta a las reglas” establecidas por el Ente Regulador de Agua y Saneamientos (ERAS).
La readecuación realizada responde al deseo de privatización de la empresa estatal mediante la modificación del artículo 2° del decreto 304/2006, “condición necesaria para posibilitar el ingreso de capital privado a la sociedad”. El Marco Regulatorio vigente hasta hoy fue diseñado para una sociedad estatal, lo cual dificultaba la adecuación de los “nuevos objetivos de la gestión, eficiencia e inversión que esta Administración busca cumplir”.
El DNU 493/2025 lleva las firmas del Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y de toda la plantilla ministerial: Gerardo Werthein, Luis Petri, Luis Andres Caputo, Patricia Bullrich, Mario Iván Lugones, Sandra Pettovello y Federico Adolfo Sturzenegger.
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