• Wednesday 12 de August del 2026
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Permanencia tras los 75 años: el Gobierno reglamentó el trámite de nuevo nombramiento para jueces y fiscales

El Ministerio de Justicia aprobó el procedimiento para que magistrados y funcionarios del Ministerio Público soliciten su continuidad en el cargo. La norma simplifica pasos administrativos, exige informes de cumplimiento tributario ante la ARCA y establece plazos estrictos para evitar vacantes.

El Ministerio de Justicia de la Nación aprobó, a través de la Resolución 384/2026, el nuevo “Reglamento para el trámite del nuevo nombramiento de jueces y de magistrados del Ministerio Público que alcancen los setenta y cinco (75) años de edad”. La medida busca armonizar el procedimiento con las recientes modificaciones introducidas por el Decreto 467/2026, que eliminó etapas duplicadas en el proceso de designación.

La nueva reglamentación se fundamenta en el artículo 99, inciso 4 de la Constitución Nacional y las leyes orgánicas del Ministerio Público. Estos textos establecen que, para mantener la estabilidad en el cargo tras los 75 años, los magistrados requieren un nuevo nombramiento por parte del Poder Ejecutivo Nacional, precedido del acuerdo del Senado por un término de cinco años.

Según el nuevo reglamento, los magistrados interesados podrán requerir su nuevo nombramiento ante el Ministerio durante el año anterior a la fecha en que alcancen el límite de edad. Para ello, deberán acompañar su DNI, título universitario, currículum vitae y su declaración jurada patrimonial.

Un requisito clave será la presentación de un certificado que informe si el solicitante ha tenido sanciones disciplinarias o si existen pedidos de juicio político, jury de enjuiciamiento o remoción en trámite. Esta información será suministrada por el Consejo de la Magistratura o las comisiones competentes del Congreso, según corresponda.

Para dar transparencia al proceso, el Ministerio publicará la solicitud en el Boletín Oficial durante un día, habilitando la consulta del currículum del magistrado en su sitio web. Asimismo, se requerirá a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) un informe sobre el cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales del solicitante.

La reforma apuesta a agilizar la cobertura de vacantes al concentrar los mecanismos de participación ciudadana exclusivamente en la etapa desarrollada ante el Senado de la Nación. Una vez cumplida la intervención del Ministerio de Justicia, las actuaciones se elevarán al Presidente de la Nación para que, de considerarlo oportuno, remita el pliego a la Cámara Alta.

Finalmente, la norma establece un plazo límite fatal: si a la fecha en que el magistrado cumple los 75 años el Presidente decidiera no elevar la propuesta o el Senado no prestara el acuerdo, el Ministerio deberá notificar al organismo correspondiente para que se sustancie el concurso para cubrir la vacante.


Accedé a la Resolución 384/2026

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