• Wednesday 12 de August del 2026
logo
add image

Régimen General de Expropiaciones. Un aporte de interés.

Miguel H. E. Oroz comparte sus palabras de presentación del libro "Texto sistematizado de la Ley 5708. Ley general de expropiaciones" de Marcelo Nascimbene

Por Miguel H. E. Oroz[1].

Me complace presentar la reciente obra del Dr. Marcelo Nascimbene, que es el fruto de una investigación a la cual le ha puesto una enorme dedicación y compromiso. Se trata de la anotación y comentario de la Ley General de Expropiaciones de la Provincia de Buenos Aires. En dos volúmenes, con una extensión total de 1.285 páginas, se encarga de abordar el análisis y la explicación de los cincuenta y seis artículos que contiene la ley 5.708 -texto ordenado por el Decreto 8523/86- con la reforma introducida por la ley 13.504.

Dejó los talleres de impresión y fotocomposición, en el mes de junio del corriente, y fue lanzado al mercado recientemente. El mismo, está editado por Librería Editora Platense y se encuentra disponible para su adquisición en las librerías del ramo. Será presentado en el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Sarmiento N° 75 de la citada ciudad, el lunes 07 de septiembre de 2.026, a las 18:00 horas y contará con el auspicio de la Universidad Atlántida.

Quien compulse y consulte la obra, encontrará un detallado y extenso relevamiento de la doctrina y la jurisprudencia citadas, con apreciaciones personales, estudio y explicación sobre cada uno de los temas tratados, donde el enfoque asignado y la construcción de sus opiniones, fue llevada adelante por su autor, con solvencia y seriedad, permitiéndole poner a la consideración del público lector el trabajo realizado, cuyo mérito y calidad, se advierte desde las primeras líneas.

Si existe un escenario donde se observa una tensión entre la autoridad y la libertad, el interés individual frente al general, el derecho de propiedad y los bienes colectivos, la función privada o social que mediante el mismo se debe cumplir, es justamente cuando se lleva al plano de la concreción material, el ejercicio de la potestad expropiatoria, y como derivación de ello, las múltiples variables de actuación en el plano administrativo y judicial que se desencadenan, cuando las partes involucradas no hallan un punto de encuentro para resolver la puja de intereses que, con motivo de ello, se generan, o cuando circunstancias extraordinarias, indican que este último camino, es el único posible.

Lo adelantamos desde ahora, cada uno de estos temas, son tratados con fundamentos y minuciosidad en el presente trabajo, rodeado de equilibrio y mesura. Sin desconocerse la importancia del respeto de la propiedad privada, contempla y pone en su justo lugar, la prerrogativa estatal, que, a través de sus medios de actuación, persigue satisfacer aquellas finalidades de carácter público que el ordenamiento jurídico le exige cumplir.

Antes de acometer el tratamiento particular de cada uno de los artículos que componen la ley 5.708 y sus modificatorias, se expone como telón de fondo, una parte general introductoria que, partiendo desde la determinación de la naturaleza jurídica de la expropiación, cuyo carácter público es innegable, se aborda la consideración de los elementos objetivos y subjetivos, afrontando la problemática de los municipios y las respuestas que ello ha recibido por los autores y fallos de distintos órganos jurisdiccionales, para luego ocuparse del análisis de los antecedentes normativos a nivel local, su comparación con el régimen nacional y la regulación en el orden supranacional.

Desde esa plataforma de lanzamiento, se continúa efectuando un desarrollo de los bienes que pueden ser objeto de la expropiación, se define y establecen los contornos de la declaración de utilidad pública en sus diversas variantes, su validez constitucional, y los aspectos procedimentales y formales que esta debe revestir, repasando sus antecedentes legales y constitucionales. 

Como cuestión a destacar, se efectúan apreciaciones sobre un tema de relevante interés, como es el control judicial de la calificación de utilidad pública,

especialmente por la existencia de algunos antecedentes en el orden local que se han inclinado por su procedencia. Luego, se explican pormenorizadamente las tareas previas al dictado de la ley, que deben realizarse en las distintas áreas y dependencias administrativas, provinciales y municipales, con atención diferencial, sobre la anotación preventiva registral a los efectos de la publicidad frente a terceros, y las problemáticas que esto encierra.  

Deviene el abordaje del procedimiento de ejecución directa de la ley expropiatoria por parte de la autoridad administrativa y de manera adicional, la figura del avenimiento, con un repaso de los distintos antecedentes de este instituto y los requisitos que deben observarse para su aprobación, para entrar de lleno, en uno de los temas centrales y estructurales de la expropiación, como es la justa indemnización -y con ello la fijación del valor de los bienes-, tópico al cual se le dedica una parte sustancial en la extensión total de la obra, reflejando la evolución legislativa y los criterios jurisprudenciales sobre las numerosas problemáticas vinculadas a la misma.

Le sucede lo relativo a la prescindencia de las tratativas directas, cuando debido a razones de urgencia lo justifican, la autoridad administrativa acude a la vía judicial. Asimismo, se desagregan los demás supuestos en que la cuestión necesariamente se debe dirimir en el ámbito jurisdiccional, sin descuidar el desarrollo de los aspectos y contingencias procesales -relativos al inicio, sustanciación, resolución y la fase de impugnación, como el cumplimiento de la sentencia- y el impacto que ha tenido la entrada en funcionamiento del Fuero Administrativo y con ello la vigencia del Código ritual de la materia -ley 12.008 y sus modificatorias-.

Se destacan, los puntos sobre la liquidación del contenido de condena fijado en la sentencia, la imposición de costas, la base y cuantificación de los estipendios profesionales y su ejecución, cuyas particularidades determinadas por las reglas que rigen en este proceso especial, son fuente de recurrentes conflictos y criterios jurisprudenciales divergentes.     

También encontramos tratado acabadamente, el supuesto de la posesión anticipada ante la urgencia declarada por el expropiante y los casos en que la iniciativa en el ámbito jurisdiccional corresponde al expropiado -la denominada expropiación inversa-, en sus aspectos sustanciales y rituales, donde sobresale el tratamiento de la prescripción y los plazos aplicables, aspecto de indudable trascendencia, en función de los disímiles criterios jurisprudenciales imperantes.

Cierran la marcha, los institutos de la retrocesión y el abandono, la cuestión de la expropiación y la acción de terceros, la baja en la guía de contribuyentes, el establecimiento de la gratuidad en los trámites de inscripción del bien expropiado, la aplicación supletoria del CPCC, la expropiación en casos de fuerza mayor y disposiciones derogatorias y de forma.

En definitiva, se trata de una colaboración que, por su rigor técnico, minuciosidad y abordaje profundo de los contenidos que conforman el instituto de la expropiación, en su faz sustancial y procesal, será de una enorme utilidad para todos los operadores jurídicos.

Bajo una impronta que, sin soslayar el rigor teórico técnico necesario, cuenta con una mirada eminentemente práctica, expresada en un lenguaje claro, sencillo y directo, de fácil y accesible comprensión, y que, por tales condiciones, indudablemente representa una gran contribución al estudio y desarrollo de nuestra disciplina y del derecho público provincial en general

 

Más info y presentación del libro



[1] A pedido de su autor, tuve el honor de escribir un pequeño prólogo, cuya parte sustancial, se reproduce aquí. 


¿Te resultó útil lo que acabás de leer? Podés apoyarnos para que continuemos en esta tarea. Contribuí con tu suscripción para que nuestro contenido siga siendo abierto y podamos brindarte un servicio cada día mejor. Suscribirse.

footer
Top