Es con relación a las deudas contraídas por empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos publicó la Resolución General 5381/2023 en el Boletín Oficial, donde dicta la prórroga del plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial aprobada en la Ley de Presupuesto del 2017.
La Resolución firmada por Carlos Castagnetto entró en vigencia el 1 de julio y se extenderá hasta el 31 de diciembre de este año.
En el texto del Régimen de Promoción Industrial, se lee el beneficio para las inversiones efectuadas en exportaciones para las provincias de La Rioja, Catamarca y San Luis. La Ley creada en 1979 deduce en materia imponible del impuesto a las ganancias a las inversiones.
En el 2017 se previó la condonación de las deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial generadas por el usufructo de una cantidad de bonos de crédito fiscal superior a la originalmente reconocida, cualquiera sea el estado en que se encuentren.
En tal sentido, se aprobó el procedimiento a observar por las empresas beneficiadas por el régimen en trámite para solicitar a su favor la emisión del Certificado de Cumplimiento Promocional.
Por último, en los considerandos se detalla que conforme a los tiempos insumidos para la emisión de los Certificados de Cumplimiento Promocional y su posterior evaluación por parte de las distintas áreas intervinientes, “corresponde extender la suspensión de las ejecuciones fiscales hasta el 31 de diciembre de 2023”.