• sábado 08 de febrero del 2025
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La provincia de Buenos Aires aprobó la reglamentación de la ley de mediación

La norma declara de "interés públicos" la función de mediadoras y mediadores, crea el Tribunal de Disciplina y establece las comunicaciones electrónicas de éstos con los juzgados, entre otros puntos.

A través del Decreto 600/2021, el gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó la Ley N°13.951, que establece el régimen de mediación de conflictos judiciales. La misma crea el Tribunal de Disciplina en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, integrado por mediadoras y mediadores que no hayan recibido sanciones disciplinarias en el ejercicio de la abogacía y la mediación. Asimismo, deberán cumplir con las condiciones establecidas por la Constitución de la Provincia de Buenos Aires para ser jueces o juezas de primera instancia.

La normativa declara la función de mediadoras y mediadores de “interés público”, en consonancia con la obligación del Estado de “promover la capacitación, utilización, promoción, difusión y desarrollo de la mediación como método de resolución de conflictos”.

El artículo 4 dispone que quienes actúen como integrantes del Tribunal de Disciplina quedarán exentos/as del pago de la matrícula de mediador/a y del cumplimiento de la capacitación anual mientras permanezcan en sus funciones. La Autoridad de Aplicación establecerá lo necesario para el funcionamiento del Tribunal de Disciplina y reglamentará el procedimiento que este deba aplicar en el ejercicio de sus competencias.

Se consagra específicamente la comunicación electrónica a la persona requirente de la mediadora o mediador y del juzgado sorteado. En este sentido, el texto indica que la Receptoría General de Expedientes, o el organismo pertinente, dará de alta en su sistema al expediente y emitirá la respectiva constancia que entregará en papel o remitirá electrónicamente a la persona requirente, a la mediadora o el mediador y al Juzgado sorteado.

Asimismo, se contempla la posibilidad de que los formularios de sorteo y las DDJJ de datos de la mediación sean presentados a la mediadora o mediador al correo electrónico que tenga registrado ante la Autoridad de Mediación, como lo estipula el artículo 8°.

El decreto lleva las firmas del gobernador Axel Kicillof, el ministro de Justicia y Derechos Humanos Julio Alak, y el jefe de gabinete de ministros Carlos Alberto Bianco.

 

Accedé al Decreto y a la reglamentación.

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