También abarca a las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, y a las suspensiones.
A través del
DNU 413/2021, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional prorrogó la prohibición de despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. También se prorrogaron las suspensiones por las mismas causales. Así, los despidos y suspensiones que se dispongan en violación a estas disposiciones, no tendrán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales, hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sin embargo, dichas prohibiciones no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad al DNU 34/19, que dispuso la emergencia pública en materia ocupacional, ni respecto del personal que preste servicios en el ámbito del Sector Público Nacional.
https://www.palabrasdelderecho.com.ar/articulo/2788/El-Gobierno-prorrogo-la-prohibicion-de-despidos-sin-justa-causa-hasta-el-31-de-diciembre-de-2021