• lunes 10 de febrero del 2025
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La provincia de Buenos Aires aprobó la reglamentación de la Ley de Góndolas

La medida apunta a garantizar la transparencia y competitividad de precios, con el objeto de ampliar la oferta de productos regionales. También se creó el logo "Producción Bonaerenses" para productos de MiPyMEs.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires aprobó la reglamentación de la Ley 15.199 que adhirió a la Ley Nacional N°27.545 -denominada “Ley de Góndolas”-, destinada a contribuir la transparencia y equidad en la oferta de precios a los consumidores de productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar. La norma en cuestión apunta a mantener el equilibrio entre los operadores económicos, la ampliación de la oferta de productos artesanales y/o regionales nacionales y el fomento de los productos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena.

La Ley de Góndolas fue sancionada por el Congreso de la Nación el 28 de febrero de 2020, entró en vigencia el 17 de marzo y fue reglamentada en diciembre de ese mismo año, con algunas modificaciones en el mes de enero de 2021. Su aplicación permite una mayor oferta de productos en las grandes cadenas de supermercados, tanto física como virtualmente y posibilita que las pequeñas y medianas empresas, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar, tengan un trato equitativo en el espacio ocupado en las góndolas.

En ese sentido, la ley establece un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor y exige la participación de, al menos, cinco proveedores de distintos grupos empresarios. Asimismo, la ley estipula que debe destinarse un 25% del espacio de venta de cada categoría de productos a las micro y medianas empresas.

En octubre de 2020, la provincia de Buenos Aires adhirió a la ley nacional mediante la Ley 15.199. Entre sus disposiciones, creó el isologotipo “Producción Bonaerense”, con la finalidad de identificar los productos elaborados por las pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), cooperativas y los sujetos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena en el territorio de la provincia de Buenos Aires.

En dicha ley se estableció que el isologotipo creado debería contar además con el nombre y/o logo institucional del municipio en donde se encuentre el establecimiento productor y que éstos productos deberán ubicarse dentro de una góndola específica que se denominará “Producción Bonaerense”.

 

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