• lunes 10 de febrero del 2025
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Presentaron un proyecto para regular la responsabilidad del Estado en la Provincia de Buenos Aires

La iniciativa, que busca llenar el vacío legislativo en la materia, ingresó hoy en el Senado bonaerense.

El senador bonaerense Alejandro Cellillo presentó esta mañana ante la cámara alta un proyecto de ley para regular la responsabilidad del Estado en la Provincia de Buenos Aires y llenar, de este modo, el vacío legislativo que existe en la materia en el territorio bonaerense.  

El texto de la iniciativa -registrada bajo el expediente E-138-21/22- apunta a regir en todos los daños que provoque la actividad o inactividad del Estado bonaerense en bienes y derechos de las personas. 

Cabe recordar que, desde 2014, existe la Ley Nacional 26.944 que regula la responsabilidad del Estado Federal pero las provincias tienen su propia autonomía para regir en la materia y el Código Civil y Comercial de la Nación también reafirma el principio que el asunto se rige por el derecho público local, es decir, el que dicten las Provincias. Por esa razón, desde la entrada en vigencia de ambas normas nacionales, los Estados provinciales se encuentran ante el desafío de dictar sus propias regulaciones y en muchos casos ya lo hicieron (Mendoza, Chubut, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras) pero no así en Buenos Aires donde persiste la ausencia de legislación. 

El proyecto que presentó el legislador Cellillo -Vicepresidente II del Senado bonaerense y ex intendente de General Alverar- establece una regulación completa de la responsabilidad estatal y prevé su aplicación a todo el sector público provincial, los municipios, entes descentralizados, autarquicos y organismos de la seguridad social. A su vez, en consonancia con la legislación nacional, reafirma que la responsabilidad el Estado se rige por normas y principios del derecho público local.

El texto regula la responsabilidad extracontractual de la Provincia por su actividad legítima e ilegítima y también en los casos de omisión. En el caso de la responsabilidad legítima se prevé que la indemnización comprende el daño emergente y no el lucro cesante pero habilita a los magistrados, en caso que la afectación sea sobre la salud o integridad física de las personas, a fundar los motivos para los cuales otorgar una indeminzación plena. 

También se establece la responsabilidad del funcionarios y determina que las acciones en materia de responsabilidad extracontractual del Estado bonaerense prescriben a los tres años. 

Finalmente, en sentido análogo a la legislación nacional, se expresa que la responsabilidad contractual se rige por sus propias normas y esta iniciativa- en caso de sancionarse- solo opera en forma subsidiaria.  

El proyecto, ahora, quedará a consideración de la Legislatura bonaerense en un momento clave donde la jurisprudencia local está buscando las soluciones jurídicas -ante la falta de ley especial- en los casos que le tocan resolver sobre la materia. El Poder Ejecutivo de la Provincia, días atrás, también había adelantado su intención en avanzar hacia una regulación en materia de responsabilidad del Estado provincial. 

Accedé al proyecto de ley

 

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