• jueves 13 de noviembre del 2025
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La Corte Suprema dejó firme la condena a Julio De Vido por la tragedia de Once y ordenaron su detención

Se trata de la condena a 4 años de prisión e inhabilitación perpetua por administración fraudulenta, en lo que se conoció como la causa “Once II”. Al ex ministro de Planificación Federal se le atribuyó que, como autoridad de aplicación de los contratos ferroviarios, conocía y toleró el uso indebido de fondos públicos por parte de la concesionaria TBA, lo que perjudicó al Estado.

Con el voto de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema dejó firme la condena contra Julio De Vido a 4 años de prisión e inhabilitación especial perpetua por ser partícipe necesario del delito de administración fraudulenta de fondos públicos, en el marco de lo que se conoció como la causa “Once II”.

En este causa se le atribuyó a De Vido que, como ministro de Planificación Federal y autoridad de aplicación de los contratos ferroviarios, conocía y toleró el uso indebido de fondos públicos por parte de la concesionaria TBA, lo que perjudicó al Estado.

Antecedentes.

En 2020, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal había rechazado el recurso de casación interpuesto por la defensa de De Vido y confirmado su condena por ser partícipe necesario del delito de administración fraudulenta de fondos públicos.

También se había confirmado en aquella sentencia su absolución respecto del segundo hecho —la Tragedia de Once— por entender que no se probó su responsabilidad directa en el accidente ferroviario.

Según surge de aquella sentencia, al ex funcionario se le reprochó no haber controlado que TBA –como concesionaria de la línea Sarmiento- destinara correctamente los fondos a mantener en condiciones la línea del ferrocarril.

Los infortunados hechos del accidente ferroviario ocurrieron en la mañana del 22 de febrero de 2012, cuando un tren de la línea Sarmiento ingresó a la estación de Once sin frenar y colisionó contra los paragolpes de contención, dejando un saldo de 52 personas fallecidas y más de 700 con lesiones.

El caso tuvo dos juicios: en “Once I” se condenó al maquinista Marcos Córdoba por omitir presionar los frenos, a 18 empresarios de la empresa TBA (entre ellos, Claudio Cirigliano, Presidente de TBA) y a los ex secretarios Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime, éstos últimos condenados como autores del delito de administración fraudulenta de fondos públicos.

Por otra parte, en “Once II” se investigó si durante su gestión, De Vido y otros funcionaros habían contribuido a las maniobras defraudatorias llevadas a cabo por TBA por la falta de manutención de los trenes y vías concesionadas, como así también si la falta de prestación del servicio en condiciones de eficiencia y seguridad contribuyeron a la producción del accidente.

Si bien el Tribunal Oral Criminal Federal N°4 absolvió a De Vido por el estrago ferroviario, sí determinó su responsabilidad penal por la administración fraudulenta de fondos públicos durante su gestión.

Contra ello, la defensa de De Vido esgrimió que el accidente ocurrió con motivo de la “irregular velocidad a la que Córdoba ingresó a la estación y la ausencia de aplicación de frenos en los 222 metros totales que posee el andén”, sin que el maquinista estuviera bajo la supervisión directa o indirecta del ex funcionario. Por ello mismo, alegaron que la responsabilidad del ex Ministro por la administración fraudulenta tampoco podía ser asociada con relación al accidente de Once.

En agosto de 2024, la Corte había resuelto -en un fallo dividido- ratificar la responsabilidad penal del exministro de Planificación, aunque ordenó revisar el monto de la sanción impuesta por Casación, que originalmente había sido de cinco años y ocho meses.

La mayoría —integrada por Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Mariano Borinsky— entendió que la sentencia de Casación era arbitraria al no justificar por qué, habiendo sido absuelto por el delito de estrago culposo agravado, se le había fijado una pena más severa que la de otros imputados condenados tanto por la defraudación como por las muertes ocurridas en el siniestro.

Cumpliendo con lo dispuesto por la Corte, una sala distinta de Casación celebró una audiencia y, a fines de abril de 2025, redujo la pena a cuatro años de prisión. Esa decisión fue recurrida por la fiscalía y por la defensa: la primera, por considerar arbitraria la reducción, y la segunda, por reclamar su disminución o prescripción.

La nueva decisión de la Corte.

Luego de que Casación rechazara los recursos extraordinarios presentados, ahora la Corte Suprema denegó las dos quejas presentadas por la defensa de De Vido y le otorgó firmeza a la condena.

Ahora, el Tribunal Oral Criminal Federal N°4 de la Ciudad de Buenos Aires ordenó al inmediata detención del ex funcionario.


Accedé a la sentencia de la Corte.

Accedé a la sentencia de Casación.


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