• miércoles 29 de octubre del 2025
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Modificaron los intereses resarcitorios y punitorios del Procedimiento Fiscal

Este miércoles el Ministerio de Economía oficializó una serie de bajas en las obligaciones fiscales y aduaneras. Conocé los detalles.

El Ministerio de Economía bajó los intereses resarcitorios y punitorios de las tasas aplicables a las obligaciones aduaneras y fiscales a partir del 1° de julio. Lo hizo mediante la resolución 823/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Estableció así un 2,75% mensual de la tasa de interés resarcitorio prevista en el artículo 37 de la Ley N° 11.683 de Procedimientos Fiscales y del Código Aduanero. La tasa de interés punitorio prevista en el artículo 52 de la citada ley se actualizó a un 3,50% mensual.

También la cartera del ministro Luis Caputo actualizó la tasa de interés aplicable a los supuestos de devolución, reintegro o compensación de los impuestos mencionados en el artículo 179 de la ley de Procedimientos Fiscales, a un 0,5% mensual.

Además el Gobierno agregó que “para la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que éstos alcancen”. 

Esta medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y tendrá efectos desde el 1° de julio de 2025 inclusive. La resolución 825/2025 lleva la firma del Ministro de Economía Luis Caputo.


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