• viernes 07 de febrero del 2025
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Retenciones: se oficializó la baja temporal y condicionada

La reducción es hasta el 31 de junio, siendo requisito la liquidación del 95% de las divisas por exportación de granos en un plazo de 15 días hábiles

El Gobierno Nacional, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto Nº 38/2025, oficializó la baja de las retenciones a las exportaciones de granos, que tiene plazo hasta el próximo 30 de junio y se aplicará a quienes en un plazo de 15 días hábiles.

Se aclara en la norma que la liquidación se debe efectuar en un plazo comprendido entre la entrada en vigencia de la medida y hasta 15 días hábiles de efectuada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente, sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación y/o supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación externa.

El Decreto firmado por el presidente, Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el Ministro de Economía, Luis Caputo, prevé que si no se cumple con la liquidación que condiciona la reducción aplicada, deberá abonarse el derecho de exportación que se hubiera abonado hasta ayer - el día antes de la entrada su entrada en vigencia -, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.

De acuerdo con los porcentajes informados en los anexos de la norma, la reducción varía entre un 1,5% y 7%, de esta manera la soja pasó de un 33% a un 26% en la alícuota, el trigo de 12% a 9,5%, el maíz de 12% a 9,5% y el girasol de 7 a 5,5%.

 


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