• domingo 05 de abril del 2026
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El Gobierno modificó el Código Alimentario para facilitar importaciones y exportaciones

Los cambios habilitan a que alimentos con certificación en países de "alta vigilancia sanitaria” puedan ingresar sin restricciones al territorio nacional. Además, se eliminan las exigencias de certificados para exportaciones cuando el país de destino no los exija.

El Presidente de la Nación, Javier Gerardo Milei, firmó el Decreto N°35/2025 que establece una serie de modificaciones al Código Alimentario Argentino en materia de importación y exportación de alimentos.

Entre las principales novedades, se habilita el ingreso sin restricciones y quedan eximidos de la obligación de ser incorporados al Código Alimentario Argentino (CAA) de productos alimenticios provenientes de Australia, Canadá, Suiza, países de la Unión Europea, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Israel, Japón y Reino Unido.

Para los productos de estos países, la inscripción en los Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA) y la declaración de sellos y advertencias nutricionales se limitará  únicamente a completar una declaración jurada de importación.

Además, regirá el mismo beneficio para aquellos países con los que rijan Tratados de Integración Económica o Acuerdos de Reciprocidad en materia higiénico-sanitarias.

Por su parte, para los exportadores de alimentos se establece que podrán requerir a la Autoridad Sanitaria Nacional competente los certificados correspondientes en los casos que el país de destino así lo requiera, sin poder exigir certificados adicionales que no sean exigidos en el país al que se exporta.

 

Accedé al Decreto N°35/2025


 

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