El Gobierno modificó la Ley N° 17.565 donde se permite la elección de la persona sin necesidad de contar con un/a profesional en la materia.
Siguiendo en la línea de la desregulación, el Gobierno Nacional permitió la exhibición directa al público de los medicamentos de venta libre para poder acceder “directamente a ellos sin intermediarios”. La medida se oficializó mediante el decreto 1024/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial.
De esta forma los medicamentos de venta libre así como los referidos a higiene personal, estética, desinfectantes, profilácticos, insecticidas y otras análogas podrán exponerse en góndolas de los establecimientos, siendo ubicados y exhibidos de manera que puedan conservar inmutables sus propiedades fisicoquímicas, donde el “público general pueda acceder directamente a ellos sin necesidad de intermediarios”.
Ya en el DNU 70/23 -el mismo que cuenta con el rechazo del Senado-, se habían introducido modificaciones a la normativa diferenciando la venta según se trate de medicamentos bajo receta o de venta libre, según ellos para optimizar las condiciones de su comercialización.
En la norma se citan algunas condiciones para el expendio de medicamento de venta libre:
-Las góndolas deben ser correctamente señalizadas;
-Los medicamentos deben ser ofrecidos en caja cerrada, con su respectivo prospecto y exclusivamente a personas mayores de 18 años. Esto se constatará al exhibir el Documento Nacional de Identidad al momento de efectuar el pago en la caja.
El Gobierno asegura sobre el objetivo del dictado de la norma, proteger al consumidor, y para ello fija las condiciones para el expendio de productos farmacéuticos que “garanticen un tratamiento fehaciente y veraz de la información”, para así lograr asegurar la “libertad de elección sin menoscabar el derecho a la salud”.
Javier Milei en carácter de Presidente de la Nación junto al Jefe de Gabinete Guillermo Francos y al Ministro de Salud Mario Lugones son quienes firmaron el decreto 1024/2024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
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