El Consejo del Salario se había reunido el pasado jueves y hoy se publicó la Resolución 10/2023 en el Boletín con los nuevos montos; $105.500 en julio, $112.500 en agosto y $118.000 en septiembre.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social junto al Consejo Nacional del Empleo publicaron la Resolución 10/2023 en el Boletín Oficial estableciendo nuevas sumas para el Salario Mínimo Vital y Móvil.
La suba en tres tramos quedó de la siguiente manera: $105.500 a partir del 1 de julio, $112.500 a partir del 1 de agosto y $118.000 desde el 1 de septiembre.
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil está compuesto por 32 miembros –16 por la parte trabajadora y 16 por la empleadora–, quienes acordaron volver a reunirse en septiembre.
La norma fija el Salario Mínimo, Vital y Móvil, para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744. Las partes se encontraron el pasado jueves 13 con el objetivo de actualizar el salario y determinar los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.
Cabe resaltar que la actualización impacta fundamentalmente sobre los programas sociales que complementan el ingreso de los trabajadores informales.
Con la Resolución se pauta un precio por hora trabajada quedando en $527,50, $562,50 y $590 para julio, agosto y septiembre respectivamente.
Además se pautaron los topes mínimos y máximos del seguro por desempleo: $29.305 y $48.841,60 en julio, $31.294,40 y $52.082,30 en agosto, y $32.771,10 y $54.628,50 para septiembre.