• sábado 22 de marzo del 2025
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El candidato a gobernador por la oposición en Formosa presentó una acción contra la postulación de Gildo Insfran

Fernando Carbajal diputado de la alianza "Juntos por Formosa Libres" presentó una acción declarativa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con la finalidad de que se declare la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de la provincia de Formosa que habilitaría la reelección indefinida.

Se trata del candidato a gobernador y actual diputado por la alianza “Juntos por Formosa Libre”, Fernando Carbajal, en las últimas horas presentó una acción meramente declarativa de certeza con la finalidad de que el Máximo Tribunal de Justicia de la Nación declare la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución local, la cual por su redacción –en palabras del actor- ambiguo permite la postulación a reelección del Poder Ejecutivo de forma indefinida.

Junto con ello solicitó de modo cautelar la suspensión de las elecciones en la provincia del próximo 23 de junio en lo que respecta a el apartado Gobernador/Vicegobernador.

El diputado sostiene en su demanda que “se vive en la provincia de Formosa, por una redacción sin límite de periodos en que pueden ser reelectos sus gobernantes (conf. Art. 132 Constitución Provincial), permite la perpetuidad en el cargo de una sola persona, en clara contraposición con los principios de Republica que establecen los arts. 1, 5 y 122 de la Constitución Nacional: cada provincia dictara para si una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; lo que indiscutiblemente, con la reelección indefinida del gobernador no han sido respetados”.

Y agrega que, del tipo de redacción de la Carta Magna formoseña “puede observarse la aniquilación del principio de alternancia (conf. Art. 90 CN), el cual plasma un límite a la reelección de sus gobernantes, garantizando así al pueblo la soberanía y no la sumisión a gobiernos autoritarios y/o perpetuos”.

Al igual de lo que ocurrió en los últimos precedentes que recientemente resolvió la Corte Suprema respecto de las elecciones en Tucumán y San Juan, se inició el expediente en instancia originaria del Tribunal.

Accedé a la acción meramente declarativa

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