• Thursday 25 de June del 2026
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Se publicó la reglamentación del "Dólar Sojas"

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca estableció el funcionamiento del tipo de cambio preferencial para el agro.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca dependiente del Ministerio de Economía dictó la Resolución 115/2023, publicada en el Boletín oficial de hoy, en la que detalla los lineamientos técnicos del la medida enmarcada en el Programa de Incremento Exportador.

Dicho Programa, según surge de las consideraciones realizadas en la medida, se implementa con el objetivo de fortalecer las reservas del Banco Central (BCRA) y estimular la generación de ingresos genuinos del Estado Nacional, producto de la exportación de mercadería con baja incidencia en las cadenas de valor de abastecimiento nacional.

En primer lugar, se deja sentado que los exportadores que hayan adherido al Programa el año pasado (Decreto 576/2022), y con vencimiento del período de embarque declarado, podrán solicitar una prórroga extraordinaria del periodo de embarque de 60 días.

Además se establece que quienes realicen negocios de soja con empresas incluidas dentro del Programa “deberán garantizar que las mismas estén respaldadas por Liquidaciones Primarias de Granos previas, o comercializadas en los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores”.

Por otra parte se destaca que las ventas de fertilizantes, semillas e insumos realizadas anteriormente a la entrada en vigencia del Decreto 194/2023, así como las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de subproductos de molienda de soja “no se encuentran alcanzadas por el citado Programa”. 


 

Accedé a la Resolución

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