• lunes 10 de febrero del 2025
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El plazo para el cumplimiento de sentencias que condene al Estado bonaerense o municipal será de 60 días

Se trata de una disposición contenida en la Ley de Presupuesto para el ejercicio 2023.

La sanción de la ley 15.394 (de presupuesto general para el ejercicio 2023) en la Provincia de Buenos Aires, promulgada el pasado 29 de diciembre, trajo consigo una disposición en relación al plazo para el cumplimiento de sentencias, que se dicten en su contra, en los juicios contra el Estado Provincial, Municipal o entes descentralizados.

Dicho plazo, conforme lo establece la ley en el artículo 70, será de 60 (sesenta) días y quedará sujeto, a su vez, a una serie de reglas, entre las que se destacan: (i) regirá para toda sentencia de condena cualquiera sea el fuero de actuación o materia involucrada; (ii) en todos los casos se computará por días hábiles judiciales; (iii) en los casos de sentencias de condena dineraria, dicho plazo comenzará a correr desde que quede firme el auto que aprueba la liquidación; (iv) en el caso de condenas por honorarios, el referido plazo comenzará a correr desde que quede firme la regulación.

Asimismo, se dispuso que en el caso de sentencias que puedan tener magnitud económica como para comprometer la estabilidad presupuestaria, se admitirá la posibilidad de apertura de un incidente de evaluación de impacto financiero, con la finalidad de ponderar las consecuencias económicas del fallo y en su caso graduar, atenuar o diferir sus efectos, mediante un plan de cumplimiento, con el objeto de evitar alteraciones serias de la sostenibilidad fiscal.

En ese sentido, para afianzar lo expuesto, la misma norma deroga todas las leyes y demás disposiciones que se opongan a lo regulado y descripto anteriormente.

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