En medio de los rumores que inducían a que el oficialismo buscaría suprimirlas, el diputado que responde al espacio del ex gobernador Weretilnek "se adelantó" y presentó la iniciativa.
Luego de que tomara la escena pública el debate dentro del oficialismo, pero también de gran parte de los gobernadores, el diputado rionegrino Luis di Giacomo -perteneciente al interbloque Provincias Unidas-, tomo la iniciativa y presentó un proyecto de ley que establece la derogación de las Primarias Abiertas Simultaneas y Obligatorias y también modificaciones dentro de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, el Código Electoral Nacional y la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos.
Así el proyecto de ley establece en su artículo primero la derogación de la integralidad del Título II de la Ley 26.571 que contiene la totalidad de las cláusulas relativas a las Primarias abiertas, simultáneas y obligatorias. Junto con ello y por cuestiones congruentes el artículo 2 establece la derogación del artículo que dentro del Código Electoral Nacional establece la obligatoriedad del voto en caso de efectuarse las PASO.
Además establece en su artículo 22 la creación del “Fondo Especial para el Fortalecimiento de las Políticas de Lucha contra las Adicciones” y el “Fondo de Fortalecimiento para el Pago de Prestaciones Básicas a Personas con Discapacidad”. Dichos Fondos serán financiados del ahorro que significará la eliminación de las PASO.
El proyecto que cuenta con 22 artículos y uno de forma, además de la derogación mencionada cuenta con varias cláusulas que armonizan dentro de las distintas leyes enumeradas la ausencia de celebración de las primarias pero sin mayor relevancia.
Dentro de los fundamentos, el legislador señala que el proyecto sigue uno anterior presentado por el diputado del PRO/Juntos por el Cambio, Pablo Tonelli y que perdió estado parlamentario.
Afirma que el proyecto es presentado porque "se ha desvirtuado la finalidad de las PASO (porque mientras que algunos ven a las PASO como una “interna” financiada por el Estado, otros las critican por configurar una elección general “anticipada”); de tal modo, se cuestiona que las PASO no sirven a su finalidad cuando los partidos políticos se presentan con “lista única”, e incluso se objeta que las PASO interfieren en la vida “interna” de los partidos políticos, porque los “no afiliados” pueden alterar el resultado de dicha “interna” (afectándose la “autonomía” de los partidos políticos y de sus miembros, que es esencial para su funcionamiento)".
También sostuvo que "atenta la gobernabilidad e incluso resulta inconstitucional (ya que el Artículo 95 de la Constitución Nacional, reformado en 1994, dispone que las elecciones presidenciales deben realizarse dentro de los sesenta días anteriores a la finalización del período en el que se desarrolla la gestión del presidente que culmina su mandato), ya que al extenderse el plazo del período electoral (y de la campaña electoral), más allá de lo razonable (e incluso, traspasándose el límite previsto en nuestra Constitución Nacional), licúa el poder del Gobierno hasta el traspaso del mando; se debe considerar que, en nuestro país, éste no es un tema menor, dadas las experiencias vividas en las transiciones de diferentes gobiernos".