• miércoles 29 de abril del 2026
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El Gobierno de la Ciudad deberá indemnizar a un ex policía desvinculado por ser VIH positivo

La justicia consideró que, al introducir su patología como un antecedente de hecho de la resolución de retiro, se incurrió en un acto discriminatorio.

Los jueces de los jueces de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, revocaron la sentencia de primera instancia, y condenaron al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a resarcir el daño moral sufrido por un ex agente de la policía de la ciudad, que fue desvinculado con fundamento en su condición de VIH positivo.

El juez de primera instancia había rechazado la demanda, por considerar que la Resolución que dispuso el retiro del actor se fundaba en su condición psíquica incapacitante, y no en la patología padecida.

Sin embargo, los magistrados de Cámara Gabriela Seijas, Horacio Corti y Hugo Zuleta, consideraron que, si bien en el procedimiento sumarial se había evaluado inicialmente su condición psicológica, más tarde esa dejó de ser la causa considerada por la Administración para determinar la desvinculación, y pasó a serlo la patología infecciosa que, en ese entendimiento, fue mencionada en dos ocasiones en los considerandos del acto administrativo emitido.

Tras evaluar la profusa normativa internacional, nacional y local aplicable en materia de actos discriminatorios, y la jurisprudencia de la CSJN en un caso similar, el juez Corti –a cuyas consideraciones adhirió el juez Zuleta- concluyó que “el GCBA, al dictar Resolución 413/2018 y mencionar la patología infecciosa del actor como antecedente de hecho del acto administrativo, ejerció un acto discriminatorio que se encuentra vedado por las normas desarrolladas en el apartado anterior”, por lo que entendió que correspondía declarar la nulidad de la Resolución cuestionada, e indemnizar al actor por daño moral.


Accedé a la sentencia

Cámara Cont. Adm. y Trib., Sala III, «A., D.S. CONTRA GCBA SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD MÉDICA)» (EXP. 6642/2020-0), resolución del 06/03/2026. 


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