• lunes 10 de febrero del 2025
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Beneficio impositivo para los consignatarios de hacienda: el Gobierno eliminó el Impuesto al Cheque

La medida exime del pago del tributo a los productores que compran y venden ganado.

El Gobierno nacional dispuso este miércoles la eximición del pago del Impuesto al Cheque a los consignatarios que comercializan hacienda, a través del decreto 897 publicado en el Boletín Oficial. La medida, modifica el artículo 10 de la Reglamentación del Impuesto sobre los Créditos y Débitos, conocido como “Impuesto al Cheque”.

En su artículo 2°, la  normativa señala el alcance de la iniciativa, que es para aquellas “Cuentas utilizadas en forma exclusiva por los Consignatarios de Ganado, que involucren movimientos de fondos de terceros, en la medida en que estén inscriptos y activos en el REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL (RUCA) y, de corresponder, en los Registros Fiscales de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para los Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes o aquellos que, en el futuro, los reemplacen”.

El beneficio alcanzará a todas aquellas firmas que estén inscriptas y activas en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) y, de corresponder, en los Registros Fiscales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Entre los fundamentos, la medida señala que “los consignatarios de ganado intervienen en la comercialización de ganado por cuenta y orden de sus clientes (productores, invernadores, etcétera), siendo una de sus funciones estratégicas la de formalizar el negocio de compraventa y propiciar su transparencia".

Accedé al decreto

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