• sábado 15 de marzo del 2025
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Se restablece la presencialidad en el Poder Judicial bonaerense

Si bien con ciertas excepciones, la Suprema Corte de Justicia dispuso el retorno pleno del personal a prestar servicios de forma presencial.

Teniendo en vista las nuevas medidas dispuestas por el Ejecutivo Nacional mediante DNU N°678/21, la Suprema Corte de Justicia (SCBA) fijó las pautas para el funcionamiento del servicio de administración de justicia ante el actual estado de situación, las cuales regirán hasta el 31 de diciembre del corriente inclusive, sin perjuicio de quedar sujeto a las modificaciones que se pudieren adoptar y/o a la evolución de la situación sanitaria en general.

En ese sentido, la SCBA por medio de la Resolución N°1651/21, resolvió restablecer la presencialidad plena del personal en la totalidad de los órganos jurisdiccionales y dependencias de Jurisdicción Administración de Justicia.

Para ello, sostuvo que en el desarrollo de cualquier actividad jurisdiccional o de superintendencia deberán respetarse las medidas de cuidado y prevención establecidas en el Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento.

Bajo tales parámetros, la SCBA dispuso que la prestación de servicios de modo presencial procederá respecto del personal que hubiera recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra la COVID-19, transcurridos veintiún días corridos desde la inoculación o que, habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optó por no vacunarse.

Asimismo, como contrapartida, quienes no cumplimenten dichas condiciones, sean trabajadores con inmunodeficiencias o pacientes oncológicos o trasplantados, o no puedan ser convocados a prestar servicios en forma presencial porque el lugar de trabajo no puede garantizar la distancia mínima de dos metros, prestarán servicios de forma remota.

Además, la SCBA podrá autorizar la realización de teletrabajo en la medida que incremente la eficacia de la actividad jurisdiccional. Para ello, el titular de la dependencia u organismo, deberá elaborar un plan de trabajo que asegure una mejor prestación del servicio, particularmente en lo referido a la cantidad de audiencias a realizar.

Tal como lo viene haciendo desde hace tiempo y en tanto sirvan para mejorar el servicio de administración de justicia, se instó a los magistrados y funcionarios a fomentar la utilización de las tecnologías de la información y comunicación para canalizar peticiones y actuaciones.

Finalmente, la SCBA reiteró que, sin perjuicio de la utilización prioritaria del servicio web de asignación de turnos, para la atención del público en general o de operadores del sistema en particular, puede recurrirse a la atención presencial directa y espontánea, sin necesidad de turno previo y bajo cumplimiento de las medidas de cuidado prescriptas.

La Resolución, lleva la firma de la totalidad de los Ministros del Máximo Tribunal provincial y del Secretario de Planificación.

 

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