Se permite entre otras, el retorno del público a los estadios de fútbol y se elimina la obligatoriedad del uso de tapabocas en espacios públicos.
A través del Decreto 678/2021 de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso la flexibilización de las restricciones en el marco de la pandemia por Covid-19. Las medidas apuntan a regular la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario, las cuales regirán desde hoy y hasta el 31 de diciembre próximo.
El texto señala que como medidas preventivas generales, deberán atenderse las siguientes reglas de conducta:
-Mantener una distancia de un mínimo de dos (2) metros entre las personas
-Utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos. No será obligatorio su uso solo cuando se circule al aire libre a más de dos (2) metros de distancia de otras personas.
-Se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante.
-Las personas deberán higienizarse asiduamente las manos.
"Todas las actividades deberán realizarse dando cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", agrega el DNU.
También, se señala que no podrán circular en ningún caso las personas que revistan la condición de “caso confirmado”, “caso sospechoso” o “contacto estrecho” de COVID-19, conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, prorrogado en los términos del Decreto N° 167/21, sus modificatorios y normas complementarias.
Asimismo, el texto del decreto indica que “sólo estarán dispensados del deber de asistencia al lugar de tareas, con carácter excepcional, los trabajadores y las trabajadoras a los que comprende el artículo 3°, incisos V y VI, de la Resolución 627/20 del Ministerio de Salud, es decir, personas con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos".
Además, se establece la "presencialidad en el trabajo para los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la administración pública nacional".