Una nueva etapa en las restricciones sanitarias.
El Presidente de la Nación, Alberto Fernández, emitió un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia que extiende la etapa de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” hasta el 9 de abril de este año, medida que regirá nuevamente para todo el país.
Desde que el 12 de marzo del 2020 se declarara la emergencia en materia de salud en todo el país a raíz del COVID-19 y el primer aislamiento decretado el 18 de marzo mediante el Decreto N°297/20 para todo el territorio nacional, el Gobierno fue habilitando paulatinamente aquellas actividades esenciales exceptuadas de la restricción ambulatoria para luego pasar a una etapa de distanciamiento que importó una mayor flexibilidad en las actividades permitidas.
Cabe aclarar que entre las principales directivas del decreto, continúa la restricción de fronteras, aunque se faculta a la Dirección Nacional de Migraciones a establecer excepciones y la suspensión del deber de asistencia de las personas en situación de mayor riesgo.
Además se faculta a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar normas para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2. Estas medidas deberán ser temporarias y fundadas, y deberán contar con la aprobación de la autoridad sanitaria jurisdiccional. También esas jurisdicciones podrán disponer el aislamiento de personas que ingresen a dichos territorios cuando revistanc las características de "caso sospechoso" o "caso confirmado" de COVID-19.
Con respecto a las actividades no permitidas se estipula la prohibición de realización de eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados o de más de 100 en espacios públicas, y la práctica de deporte en espacio cerrado de más de diez personas o que no permita una distancia de dos metros entre los participantes.
También, reitera las medidas de cuidados y prevención como son la distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades.