• viernes 21 de marzo del 2025
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Podrán ausentarse del trabajo quienes se apliquen la vacuna contra el COVID-19

Así lo resolvió el Ministro de Trabajo de la Nación, quien además dispuso que la inasistencia no afectará los sueldos, salarios o premios.

Mediante Resolución 92/21 del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Claudio Moroni, se estableció que será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19.

Además, se dispuso que la ausencia por ese motivo no producirá pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto.

A tal fin, constituirá justificación suficiente -tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo- la constancia de aplicación de la vacuna, sin perjuicio que deberá contar con previa autorización de su empleador.

La medida tiene como fundamento la declaración de interés nacional de la vacunación, considerada en consecuencia un bien social, sujeta a principios de gratuidad, interés colectivo, disponibilidad y amplia participación.

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