El nuevo decreto de necesidad y urgencia se publicó hace instantes en el Boletín Oficial. También se decretó la prórroga de la suspensión del curso de los plazos administrativos nacionales.
En consonancia con la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio, Alberto Fernández prolongó la prohibición de ingreso al país determinado por el DNU N° 274/2020, y prorrogado por los DNU N° 331/2020 y DNU N° 365/2020, hasta el 10 de mayo inclusive.
Cabe aclarar, que la prohibición no impide la coordinación de las acciones necesarias para posibilitar el ingreso paulatino al territorio nacional de las personas residentes en el país y de los argentinos y argentinas con residencia en el exterior que no hayan podido hacerlo durante la vigencia del Decreto Nº 313/20.
Por otra parte, en el marco de la emergencia sanitaria, también se publicó el Decreto N° 410/2020 que prorrogó de la suspensión del curso de los plazos administrativos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos y otros procedimientos especiales, hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive.
Es importante destacar que esta suspensión se determina, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. A su vez, no alcanza a los plazos relativos a los trámites vinculados a la emergencia pública sanitaria, decretada por la Ley N° 27.541.