• Thursday 25 de June del 2026
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Prohíben el ingreso al país a extranjeros no residentes que hayan transitado por "zonas afectada" de Coronavirus

Lo dispuso el Ministerio de Salud por un plazo de 30 días, el cual puede ser acotado o prorrogado de acuerdo a la situación epidemiológica.

El Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Resolución 567/2020, determinó la prohibición de ingreso de los extranjeros no residentes que hayan transitado por las “zonas afectadas” en los 14 días previos a su llegada.

De acuerdo al DNU N° 260/2020, constituyen zonas afectadas por la pandemia de Coronavirus: los Estados miembros de la Unión Europea, miembros del Espacio Schengen, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Estados Unidos de América, República de Corea, Estado del Japón, República Popular China y República Islámica de Irán.

La resolución, publicada como suplemento del Boletín Oficial del sábado, prevé que la Dirección Nacional de Migraciones adoptará las medidas necesarias a fin de implementar dicha disposición. Incluso, faculta a dicho organismo a establecer excepciones por circunstancias de necesidad fundadas.

Accedé a la Resolución 567/2020.

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