Así lo dispuso la Secretaría de Salud de la Nación a través de una resolución que destaca que esas prestaciones se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud.
La Secretaría de Salud de la Nación, encabezada por Adolfo Rubinstein, dispuso que se incorporen al Plan Médico Obligatorio los tratamientos hormonales integrales utilizados para realizar cambios de género.
Entre sus argumentos, la Resolución 3159/2019 publicada en el Boletín Oficial, destaca que el artículo 11 de la Ley 26.743 dispone que “se garantiza el acceso a los tratamientos hormonales integrales como parte del derecho al libre desarrollo personal y establece que dichos tratamientos quedan incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO)”.
Por otra parte, señala que “las enunciadas prestaciones no constituyen un procedimiento estético sino que se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud, es decir, en el proceso de constitución corporal e identitario, el libre desarrollo personal y el derecho a la vida”.