El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.828 mediante el Decreto 1161/2026 publicado este martes en el Boletín Oficial. Se establecen nuevos requisitos socioeconómicos y la inscripción en un registro para mantener los descuentos tarifarios, limitando el beneficio automático a la Patagonia, la Puna y Malargüe.
El Presidente de la Nación, Javier Milei, mediante el dictado del Decreto 1161/2026 promulgó la Ley 27.828 que modifica el régimen de zonas frías. Se establecen una serie de requisitos socioeconómicos y la inscripción en un registro para mantener los descuentos tarifarios, limitando el beneficio automático a la Patagonia, la Puna y Malargüe.
La nueva legislación modifica el artículo 75 de la Ley 25.565 y deroga disposiciones de la Ley 27.637, que había ampliado en 2021 la cobertura geográfica del sistema de bonificaciones al consumo residencial de gas natural. En sus fundamentos, la reforma busca corregir distorsiones en la asignación de recursos y lograr un ahorro fiscal estimado en 400 millones de dólares anuales mediante la reorganización del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas.
A través del articulado de la Ley 27.828, se establece formalmente que la sola residencia en una zona beneficiada por la expansión territorial no resultará suficiente para acceder de forma automática al descuento en las facturas. Los usuarios residenciales de las zonas redefinidas que pretendan conservar la bonificación deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados y acreditar el cumplimiento de parámetros socioeconómicos específicos, aplicándose el beneficio adicional prioritariamente sobre los bloques de consumos base.
Respecto del alcance geográfico, la norma mantiene la bonificación automática exclusivamente para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe en Mendoza y la Puna. Por el contrario, el nuevo esquema afecta a más de 3,35 millones de usuarios residenciales en once provincias —incluyendo a 94 municipios bonaerenses como Mar del Plata, Bahía Blanca, Olavarría y Tandil, así como a localidades de Córdoba, Santa Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Salta, Jujuy y La Rioja—, quienes deberán regularizar su situación en el registro para evaluar si califican para el subsidio.
La medida que rige a partir del día de hoy prevé una vigencia temporal hasta el 31 de diciembre de 2031.
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