Además, se dispuso la prórroga de la prohibición de designar y contratar personal en las Entidades del Sector Público Nacional hasta el 31 de marzo de 2024. También se revisarán contrataciones realizadas con anterioridad al 2023.
El Gobierno Nacional publicó el Decreto N°84/2023 que dispone que no se renovarán las contrataciones de personal efectuadas durante el año 2023, en todo el ámbito de la Administración Pública Nacional, organismos descentralizados y entes públicos. Se tratan de las contrataciones efectuadas dentro de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional N° 25.164.
La medida se ve acompañada con la prórroga hasta el 31 de marzo de 2024 del Decreto Nº426/2022, que dispuso la prohibición de designar y contratar personal en las jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional.
Quedan incluidas en la prohibición de renovar contrataciones todas las dependencias de las Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados –entre ellos, Instituciones de Seguridad Social-. Asimismo, se incluyen Entes Públicos excluidos de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.
No obstante, se dispuso que quedan exceptuadas de la prohibición de contratar las contrataciones que estén enmarcadas en leyes de cupo o con protecciones especiales y aquellas contrataciones realizadas durante 2023 pero de personal que ya prestaba tareas antes del 1° de enero de 2023 y haya cambiado su modalidad de contratación.
Además, podrá ser exceptuada de esa prohibición el personal que cada funcionario “evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento”.
Por otro lado, el Decreto estableció que las locaciones de servicios de personal que hayan sido realizadas con anterioridad al 1° de enero de 2023, no podrán ser renovadas por un período mayor a 90 días corridos.
Finalmente, la medida obliga a los ministros y funcionarios de cada área a realizar un relevamiento del personal contratado con anterioridad al 1° de enero de 2023, para que evalúen sobre la pertinencia de mantener esos contratos y, en su caso, justifiquen la necesidad de continuarlos.
Accedé al Decreto N°84/2023 de no renovación de personal contratado en 2023.
Accedé al Decreto N°77/2023 de prórroga de prohibición de designar y contratar personal.