• miércoles 01 de octubre del 2025
logo
add image

Acceso Norte: suspenden parcialmente la renegociación del Contrato de Concesión

En el marco de la acción de lesividad iniciada por el Gobierno Nacional, se suspendió cautelarmente el mecanismo de compensación acordado en la renegociación de contrato aprobada por Macri, y designaron interventor para la empresa AUSOL SA

El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 6, Enrique Lavie Pico, ordenó cautelarmente suspender el mecanismo de compensación destinado a la recuperación de la suma de USD 499.000.000 (“Nuevo Plan Económico Financiero para la Concesión”), con el fin de evitar que se consuman los fondos obtenidos, antes que se pueda resolver la cuestión de fondo.

Recordemos que el Poder Ejecutivo, mediante el Decreto 633/22 dictados en el mes de septiembre, instó a la Dirección Nacional de Vialidad a presentar judicialmente una acción de lesividad para que se declaren nulos los decretos 607 y 608 firmados durante la gestión del expresidente Mauricio Macri, que ratificaron los acuerdos de renegociación de las concesiones de los peajes de Zona Norte y Zona Oeste del Gran Buenos Aires.

De acuerdo con ello, la Dirección de Vialidad (Estado Nacional) inició la acción de lesividad respecto del Acceso Norte en la que solicitó que se declare nulos de nulidad absoluta el Acuerdo Integral de Renegociación Contractual, modificatorio del Contrato de Concesión del Acceso Norte a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto el 26/06/2018 entre el Estado Nacional y la firma Autopistas del Sol SA; y el decreto 607/2018, mediante el cual se aprobó dicho acuerdo.

En el marco de dicha acción, solicitó el dictado de una medida cautelar mediante la cual se disponga la suspensión de los efectos de del acuerdo, hasta el momento en que se dicte sentencia definitiva, con el fin de evitar que se prolongue en el tiempo la continuidad de la explotación del Acceso Norte por parte de AUSOL SA.

En el Acuerdo impugnado se estableció un mecanismo de pago en favor de la Concesionaria fijado en dólares estadounidenses, lo que según la demandada, representaría la inversión no amortizada, dado que la “inversión neta” fijada era imposible de repagar a través de las tarifas de la concesión que se encontraba próxima a vencer, prorrogándose por 10 la concesión y estableciendo compensaciones por parte del Estado Nacional a la Concesionaria.

El Estado Nacional consideró que la utilización del respectivo Acuerdo como vehículo financiero destinado a compensar presuntas deudas resultaba incompatible con el espíritu de la ley de peajes, y que siendo el cobro de la deuda allí reconocida el objetivo principal de dicho Acuerdo, no sólo se desvirtuaba el objeto de los contratos originales, sino también con lo establecido en la ley 25.561.

De esta manera, se destaca que la tutela requerida apunta a evitar que AUSOL SA continúe percibiendo los importes de los peajes que abonan los usuarios del Acceso Norte, afectándose el interés de los mismos y del erario público.

El Juez Lavie Pico consideró que, si bien no se encuentran dados los recaudos para suspender cautelarmente la totalidad del acuerdo, suspendiendo el mecanismo de compensación destinado a la recuperación de la suma de USD 499.000.000 y, en consecuencia, designar un Interventor Veedor y Fiscalizador con el fin de ejercer la supervisión, inspección y auditoría de la renegociación del Contrato de Concesión.

 


Accedé a la resolución

footer
Top