• viernes 17 de enero del 2025
logo
add image

La necesaria creación de la segunda Defensoría Pública de Víctima en el fuero federal de la provincia de Buenos Aires

Por Inés Jaureguiberry (*)

El pasado lunes se presentó un proyecto de ley para crear la segunda Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de Buenos Aires, que tendría la misma competencia territorial y material que la Defensoría Pública de Víctima que ya se encuentra en funcionamiento.

En el año 2017, la ley 27.372 de Derechos y Garantías de la Personas Víctimas de Delitos creó -dentro de la estructura del Ministerio Público de la Defensa de la Nación- 24 cargos de Defensor/a Público/a de Víctimas (uno por provincia y uno para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Las Defensoría Públicas de Víctimas ejercen la asistencia técnica y patrocinio jurídico de las víctimas de delitos en causas penales, en atención a la especial gravedad de los hechos investigados y siempre que la limitación de recursos económicos o situación de vulnerabilidad hicieran necesaria la intervención del Ministerio Público de la Defensa.

En ese marco, la Defensoría Pública de Víctima con asiento en la provincia de Buenos Aires fue puesta en funcionamiento el 28 de diciembre de 2020 por Resolución DGN 1284-2020.

En sus primeros seis meses de actividad, ha brindado asistencia a más de 120 víctimas de delitos que tramitan ante el fuero federal de la provincia. Patrocina actualmente en calidad de querellantes a más de 80 personas por delitos vinculados a violencia institucional (tortura, apremios ilegales, abandono de persona, abuso sexual en establecimientos penitenciarios federales, entre otros), trata de personas (con fines de explotación sexual, laboral, reducción a servidumbre o relación forzosa), supresión o sustitución de identidad, entre otros delitos de especial gravedad.

Históricamente, la creación de dependencias del Ministerio Público siguió el criterio tradicional impuesto por la Ley N° 24.050, basado en la división del territorio nacional en diecisiete (17) distritos judiciales federales, que no siempre coinciden con la división política de los territorios provinciales. Así, tradicionalmente se vincularon las dependencias del Ministerio Público de la Defensa con los organismos jurisdiccionales ante los cuales debían actuar.

Por el contrario, la ley 27.372, al crear las Defensorías Públicas de Victimas no siguió el criterio tradicional antes explicado, sino que se otorgó competencia a las  DPV en todo el territorio provincial.

En el caso de la DPV con asiento en la provincia de Buenos Aires, ello significa intervenir ante cinco (5) Cámaras Federales de Apelaciones (La Plata, Mar del Plata, San Martín, Bahía Blanca y Rosario -esta última, en tanto órgano de alzada del Juzgado Federal de San Nicolás); 28 Juzgados Federales (situados en las cabeceras de distrito más los asentados en Lomas de Zamora, Quilmes, Junín, Dolores, Azul, Necochea, Tres de Febrero, San Isidro, Morón, Mercedes, Campana y Moreno, sin contar los pendientes de habilitación); y 10 Tribunales Orales en lo Criminal Federal (más los que están próximos a ser habilitados).

La provincia de Buenos Aires, además, es la más extensa territorialmente, lo que supone que muchas de las víctimas asistidas -y los organismos ante los que se interviene- se encuentren a una distancia física considerable de la sede de la DPV actualmente en funcionamiento, en la ciudad de La Plata.

Por otro lado, la provincia  posee una elevada densidad poblacional, estimada en 17.541.141 personas para el año 2020[1]. Se trata, por lejos, del distrito más poblado de la República Argentina, que concentra aproximadamente el 40% de las causas penales federales del país.

Sumado a ello, las Defensorías Públicas de Víctimas actúan ante todas las instancias procesales: instrucción, juicio, instancias recursivas ordinarias y extraordinarias, y ejecución de la pena.

Así, la extensión territorial, la alta densidad poblacional, los elevados índices de conflictividad penal, la gran cantidad de dependencias del sistema de administración de justicia ante las que debe intervenir, tempranamente se advirtieron como condiciones desafiantes frente a la creación de una única DPV para toda la provincia.

  El proyecto de ley ahora presentado recoge las dificultades planteadas y propone la creación de una Defensoría Pública de Víctimas que se sumaría a la ya existente y llevaría el nro. 2. La actualmente en funcionamiento pasaría a identificarse con el nro. 1.

La propuesta contempla la dotación de una planta de empleados/as y funcionarios/as de la dependencia para la prestación del servicio de defensa pública a las víctimas, superando así los señalamientos realizados a la ley 27.372 que creó las 24 DPV sin su correlativa planta funcional.

Otra novedad del proyecto está dada por la creación de un equipo interdisciplinario para brindar apoyo a la tarea de la DPV. La asistencia de personas que han sufrido -producto de la victimización- consecuencias psicológicas, emocionales y físicas deriva en la necesidad de realizar un abordaje integral de la problemática, especialmente si se tiene en cuenta que la mayoría de las víctimas asistidas por la dependencia corresponden a delitos de trata de personas y violencia institucional.

El proyecto recientemente presentado tomó la iniciativa y los fundamentos de la propuesta efectuada por la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, ante la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público en el mes de junio de 2021.

Fue presentado por las diputadas Vanesa Siley, Cristina Álvarez Rodríguez, Mara Brawer, Mónica Macha, Claudia Bernaza y María Rosa Martínez, y los diputados Rodolfo Tailhade, Walter Correa y Carlos Ortega.

Texto del proyecto de ley

 


(*) Defensora Publica de Víctima de la provincia de Buenos Aires, Ministerio Público de la Defensa de la Nación. 

[1] Proyecciones del Instituto Geográfico Nacional en base a datos del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2021 (INDEC). Disponible en el este enlace

 

footer
Top