• domingo 03 de noviembre del 2024
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El Gobierno oficializó una nueva extensión de la prohibición de despidos sin justa causa por 60 días

Se aplica también para suspensiones y los supuestos de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. A su vez, se trata de la cuarto prórroga acerca de la prohibición de despidos.

El Presidente de la Nación mediante el dictado de un nuevo decreto de necesidad y urgencia oficializó una nueva extensión de la prohibición de despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. También, se prolongó la prohibición de efectuar suspensiones por las mismas causales.

El pasado 1ro de abril, el primer mandatario a través del DNU 329/2020había determinado la misma medida por el plazo de 60 días desde el dictado de la norma. En ese momento, en los considerandos del decreto, se fundamentó que “resultaba indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social”.

Posteriormente, a partir de los dictados de los DNU N° 487/2020, DNU N° 624/2020, y DNU N° 761/2020 se prorrogó los efectos del decreto en tres oportunidades. A partir del vencimiento del plazo del último decreto presidencial, comenzará a regir el DNU publicado hoy en el Boletín Oficial.

Cabe aclarar que las prohibiciones previstas en el decreto no serán de aplicación en el ámbito del Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156

Asimismo, en los considerandos del texto se fundamenta que "esta crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo". La importancia de la norma se explica a través de los datos publicados por el INDEC, donde la crisis pandemíca ha impactado en la tasa de desocupación aumentando en un 2,7% en el segundo trimestre de 2020 alcanzando el 13.1% total.

Accedé al DNU 891/2020.

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