El máximo tribunal mendocino confirmó por unanimidad la pena a más de 40 años de prisión contra los curas condenados por abusar sexualmente de niños y niñas en el Instituto religioso Antonio Próvolo.
La Suprema Corte de la Provincia de Mendoza, integrada por los ministros Dalmiro Garay, Pedro Llorente y la jueza de cámara Alejandra Orbelli, decidieron confirmar las 3 condenas impuestas contra Horacio Blanck, Nicola Corradi y Armando Gómez en la causa que investigó los abusos cometidos contra niños y niñas con discapacidad del Instituto Próvolo en Luján de Cuyo, Mendoza.
El 25 de noviembre del año 2019, el Segundo Tribunal Colegiado de Mendoza decidió condenar a Horacio Hugo Corbacho Blanck (59) y Nicola Bruno Corradi Soliman (83), a la pena de 42 y 45 años de prisión e inhabilitación absoluta por el mismo término, respectivamente, por cometer los delitos de abuso sexual simple, agravado y corrupción de menores.
El tribunal también condenó a Armando Ramón Gómez Bravo (49), el jardinero del instituto, a la pena de 18 años de prisión e inhabilitación absoluta por igual término, por el delito de abuso sexual simple y agravado, cometidos en concurso real.
Para llegar a esa instancia, la defensora oficial de los acusados, Alicia Arlotta, recurrió ante la Corte mendocina solicitando la nulidad de las acusaciones y, subsidiariamente, que se valore debidamente la prueba por parte de los magistrados.
Alegó, a su vez, que la Cámara de Casación se extralimitó en la decisión sobre admisibilidad de prueba, que la decisión se basó en prueba no admitida en la etapa preliminar, que se impidió a la defensa interrogar a la víctima, y que Corradi Soliman no fue informado de las pruebas que se produjeron en su contra mientras no estaba presente en la audiencia.
A la hora de resolver, la Suprema Corte de la provincia rechazó todos los planteos realizados por la defensa y ratificó las condenas contra los dos sacerdotes y el ex - jardinero que desempeñaron funciones en el Instituto Religioso Antonio Próvolo.
En el fallo, los jueces añadieron que "la motivación de la sentencia es suficiente para su mantenimiento como acto jurisdiccional válido, pues no adolece de falencias que impliquen su anulación".
A pesar de la sentencia, el caso no se limita a la provincia de Mendoza, sino que tiene su correlato en la ciudad de La Plata, donde está la sede argentina del Instituto y se aguarda la realización de un juicio, que tiene también en la mira al cura Corradi.