• Sunday 07 de June del 2026
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La Corte reafirmó el principio de autonomía municipal ante un caso de discriminación en el reparto de coparticipación

Ante el planteo del Municipio de La Banda por incumplimiento por parte de la Provincia de la ley que establece el reparto

Así lo dispuso la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la firma de los Ministros Highton de Nolasco, Maqueda y Rosatti, al resolver que el Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero debe tratar el planteo por el cual la Ciudad de la Banda denuncia que el gobierno de la provincia de Santiago del Estero no actualiza los índices en base a los cuales distribuye los fondos de la coparticipación entre los municipios de la provincia.
 
Para así decidir el Tribunal comenzó por considerar que la Constitución Nacional otorgó jerarquía constitucional a la autonomía de los municipios en el artículo 123 y, consecuentemente, la obligación de las provincias de materializar ese mandato.
 
El Municipio denunció que el gobierno provincial no cumple con la ley que establece el régimen de coparticipación provincial. Afirma que la provincia no realiza los ajustes anuales, sino que continúa aplicando los índices previstos para el año 1998 y ello es lo que configura el daño ya que si se cumpliera con la actualización de ese índice recibiría mayores sumas de coparticipación dada  la variación de las pautas que la ley considera para el reparto de fondos.
 
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