La sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo destaca que la empleadora se excedió en sus poderes de organización, y afectó la dignidad, moral y trayectoria laboral, social y familiar del empleado, exponiendo una situación privada.
El oficialismo lo debatió en comisiones de la Cámara de Diputados, con el fin de replicar el requisito de la Ley de YPF: prohibir venta de acciones sin el voto de las dos terceras partes de cada cámara.
La medida alcanza a todo el personal de la Administración Pública, Organismos Descentralizados, Entes Públicos y Fondos Fiduciarios, donde podrán elegir entre todas las empresas del mercado para la compra de combustible, pasajes aéreos y el cobro de haberes.
Lo dispuso el Poder Ejecutivo con las firmas de Milei, Caputo y Francos; ahora deberá pasar por el Congreso para analizar el rechazo o la aprobación a la iniciativa.
Así lo decidió la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativa Federal. Conocé la resolución judicial.